Acceder

Rotura plato de ducha - Liberty Seguros

3 respuestas
Rotura plato de ducha - Liberty Seguros
Rotura plato de ducha - Liberty Seguros
#1

Rotura plato de ducha - Liberty Seguros

Hace poco, detectamos en el plato de ducha una rajita, y como la cobertura estaba dentro del seguro, avisamos al Seguro (Liberty Seguros) a través de un parte. No es que sea una rotura accidental, sino que ha podido ser una rotura por desgaste. Después de venir el perito del seguro, nos avisaron que se pondrían en contacto con nosotros. Incluso, desde la empresa de reparaciones nos llamaron por si teníamos azulejos de sobra para el seguro. Después de una semana de mutismo completo, nos llaman hoy y dicen que no lo hacen ellos, pero que nos ofrecen una indemnización, cosa que hemos rechazado.

Después, hablando de nuevo con la compañía de seguros, han querido ponerme como mentiroso diciendo que habíamos aceptado la indemnización. Como en ningún caso se aceptó, ni se habló de cuantía, intentan evadirse de sus responsabilidades.

Por si no ha quedado claro, la compañía es Liberty Seguros, para que sepáis de las malas praxis de las compañías de seguros, que mientras pagas, todo va como la seda.

Lo que me parece de una caradura es que estas prácticas estén tan extendidas que la gente no se termine hartando. Contratas un seguro para cubrir lo normal de una casa, y te vienen con dolores de cabeza.

¿Qué posibilidades hay de salir vencedor de la reclamación y que nos pongan todo bien puesto?

#2

Re: Rotura plato de ducha - Liberty Seguros

La obligación de la compañís es indemnnizar. Reparar siempre que sea posible. Acepta la oferta

#3

Re: Rotura plato de ducha - Liberty Seguros

La ley del seguro en su artículo 18 dice:

Artículo dieciocho.

El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas. Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado

 

En este caso puedes ver que es el asegurador, la compañía, la que tiene la posibilidad de arreglar el daño, si tu lo consientes, pero si la compañía quiere indemnizar, está en todo su derecho, ya que reparar es una opción a mayores que permite la ley, pero como puedes ver no es la primera opción.

 

Saludos

#4

Re: Rotura plato de ducha - Liberty Seguros

Hola,

Interesa saber en qué quedó la cosa. ¿Tuviste que aceptar la indemnización o te sustituyeron el plato de ducha?