Pago del seguro a propietario de vivienda por daños a la vivienda alquilada (Caser)
Buenos días:
Unos familiares míos tuvieron un incendio en la vivienda en la que residen como arrendatarios de la misma.
Disponen de un seguro con Caser, que entre otros, incluye responsabilidad civil locativa, es decir, incluye los daños realizados a la vivienda derivados del incendio (también tienen asegurado el contenido, y por ese concepto ya recibieron la indemnización oportuna después de la peritación, etc).
El propietario de la vivienda, por su parte, no dispone de seguro alguno sobre la misma.
Mis familiares reclamaron a Caser por valor de unos 12000 € adjuntando los presupuestos de albañilería y pintura que el propietario solicitó, y adjuntando una carta en la que el propietario reclama los daños a la vivienda derivados del incendio, y los daños (menores) de pintura a la escalera, y al pasillo de otra vivienda que tiene alquilada (todo el bloque es propiedad del mismo propietario).
Mis familiares han estado llamando repetidas veces al seguro para interesarse por el estado de la cuestión, y finalmente, en el servicio de atención al cliente de Caser les han dicho que ya le han pagado al propietario 8500 €.
Ahora mis familiares están con el piso todavía sin arreglar, inhabitable (viven en el piso de abajo habiendo optimizado el espacio al máximo, ya que por las dimensiones de los pisos tienen alquilados dos, uno encima de otro), y el propietario con 8500 € en el bolsillo, sin que se haya dignado a decirle a mis familiares que ya había pagado el seguro, o si tenía que aceptar, o qué.
Estoy absolutamente perdido con este tema, no sé por dónde cogerlo y resulta que yo soy el familiar al que le preguntan sobre cuestiones legales (no soy abogado ni nada por el estilo).
Si alguien me puede ayudar, mis dudas son las siguientes:
-Si el seguro le ha enviado una carta al propietario diciéndole que le ofrecen 8500 € y que si está de acuerdo que le ingresan la cantidad en su cuenta, y éste les ha dado su cuenta y se ha efectuado el ingreso, al haberse conformado el propietario con los 8500 €, ¿tiene la obligación de arreglar el piso cueste lo que cueste, dado que los 8500 € no son suficientes para arreglar todo?
-Si el propietario tiene que arreglar todo, ¿puede pedir a mis familiares que hagan frente ellos al resto del importe necesario para el arreglo o no puede porque ya se ha conformado con eso?
-Una vez cobrados los 8500 €, ¿puede decidir quedarse el dinero y no destinarlo al arreglo del piso? ¿Mis familiares tendrían que reclamarle entonces que arregle el piso ya que ha cobrado del seguro para ello?
Si alguien puede ayudarme, le estaría muy agradecido.