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Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

13 respuestas
Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.
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Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.
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#9

Re: Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

Siento discrepar: las joyas y el arte se aseguran en caso de ausencia de referencia de valor (factura, tasación,...) a valor convenido, no real. O eso recomiendo. Desde luego si un cuadro va a ser depreciado (es lo que implica el valor real) en función de la edad imagina lo que se pagaría por un Goya...

Un saludo,

#10

Re: Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

es quili cua, que diria un frances.

No es valor real, es valor convenido, que nada tiene que ver.

Y ello por una sencilla razón ¿Que vale un Goya?
Los actuales nada, pero ¿los del pintor?

#11

Re: Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

Te comprendo Avante, pero el valor convenido es mejor aplicarlo a capitales mucho más elevados o inversores, que con frecuencia revisan los valores de sus joyas y obras de arte. Ya que lo más probable es un aumento de su valor, el cual no podría reclamar si previamente se ha pactado una cantidad inferior.

Ftorres planteó una duda y en su caso me estoy basando.

Viendo las cantidades que ha de asegurar Ftorres, seguro que (como un servidor) no se encuentra ni entre los inversores ni las grandes fortunas.

Las joyas y objetos de arte, pueden depreciarse pero tambien apreciarse. Por lo que estos objetos se pagarán a su valor de mercado cuando se aseguren a valor real.

Dicho de otra manera con la indemnización a valor real que le pagase la aseguradora debería poder comprar otra pieza exactamente igual (otra cosa es que la encuentre o exista), tanto si ha subido como bajado de precio respecto al día en que se adquirió.

Saludos,

#12

Re: Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

Cuidado, con "con la indemnización a valor real que le pagase la aseguradora debería poder comprar otra pieza exactamente igual (otra cosa es que la encuentre o exista), tanto si ha subido como bajado de precio respecto al día en que se adquirió." lo que estás definiendo es el VALOR DE NUEVO. El valor real es algo muy distinto de lo que estás dando a entender.

Por favor, revisa las definiciones pues estás confundiendo seriamente los términos.

En todo caso para joyas y arte yo no entraría jamás en otra cosa que en valor convenido, de ser posible, puesto que en caso contrario estás dejando al asegurador la puerta abierta para que valore según su criterio. El valor convenido supone un pacto PREVIO entre las dos partes que evita riesgos, malentendidos y dudas respecto a preexistencia. Además es absolutamente revisable por lo que cualquier vigilancia de riesgos mínimamente seria podrá resolver su actualización en todo momento.

Lo de Ftorres me merece tanto respeto como un gran patrimonio porque ese es, precisamente, SU gran patrimonio a proteger (el único). Y lo que vale para un millonario vale para un ciudadano corriente tan solo adaptando las cifras a sus necesidades. Hoy día los seguros a todo riesgo del hogar están disponibles para todo consumidor al igual que el aire acondicionado ya no es solo para las casas de los ricos. ¡Ventajas de la innovación!

Saludos,

#13

Re: Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

Avante y resto de amigos rankianos. Muchas gracias por las aportaciones.

Como supongo se deduce de mis palabras soy un usuario "normal", tengo algunas viviendas todas ellas aseguradas en ING-NN y he detectado el tema de la responsabilidad civil muy baja.

Respecto a lo de elementos nuevos o no, pues qué deciros. En principio mi idea es que, si mañana me avisan de que mi casa ha sido pasto de las llamas y no se ha salvado nada, que me paguen una cantidad que pueda poner el piso nuevo, con más o menos lo que tengo, es decir algo así como si te compras un coche nuevo, y al día siguiente te lo roban y el seguro te dice que te pases por el concesionario que te dan otro EXACTAMENTE IGUAL, ni ganas ni pierdes ¿me explico?.

No pretendo "enfrascarme" en valor de nuevo de hace 20 años o de nuevo ahora o si la tele ya no está en el mercado y cosas así..., simplemente irme a que la cantidad que me aportarian me deje satisfecho (ni perdiendo ni ganando).

Las cantidades no las veo mal, pero la Responsabilidad Civil la veo muy baja.

Es todo, decirte Avante que valoro muy positivamente tus aportaciones en el foro, y te destaco tu gran maestria en muchas ocasiones a la hora de hacer referencia a la legislación sectorial en cada caso. Sin duda un gran forero/rankiano.

Un saludo a todos

Método, disciplina y tiempo

#14

Re: Responsabilidad Civil en póliza de vivienda.

Hola jtorres,
como ya te han comentado antes la responsabilidad civil es DEMASIADO baja, soy mediador de seguros y lo mínimo que ofrezco a mis clientes en temas de hogar es 150.000€, aunque SIEMPRE recomiendo 300.000€ ya que la diferencia son 4€ al año.
En cuanto a la casa que tienes alquilada existe, al menos en mi compañia, un seguro especifico para proteger a los que como en tu caso teneis una vivienda alquilada a terceros que además de cubrir completamente el hogar tambien te cubre el impago del alquiler y las gestiones del posible desaucio.
Y por último en cuanto a si el precio el competitivo, habría que verlo en detalle mirando las coberturas. Pero, en principio o la casa es muy grande (<120m2), o NO, no parece realmente competitivo.
Espero haberte ayudado, un saludo.

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