El tomador es mi padre y yo solo aparezco como propietario¿ contrato está bien?
Hola a todos. Tengo varias cuestiones. A ver si me ayudais.
En las condiciones particulares de mi contrato del seguro del coche, aparece como Tomador, mi padre que ahora tiene 75 años y no tiene el permiso de conducir renovado hace unos años( en realidad hace años que no coge ningún coche), es decir que no lo va a usar más; como propietario estoy yo. Bien, hoy he estado leyendo con mucho detenimiento la póliza y además de los datos que he mencionado antes, aparecen los datos del coche y textualmente lo siguiente ¨ Datos de conductores habitual y autorizados: pero después sólo está el nombre de mi padre¨. Por ser yo el propietario, ¿se da por sentado que yo soy el autorizado o es un defecto de forma del contrato ( culpa del mediador)?
Resulta que este año, quería yo ya ser el tomador para ir cogiendo bonificaciones( hemos estado así 5 años con AXA y no hemos dado ningún parte) ¿ Puedo ir a la compañia y pedirle que mi padre no conduce más y yo voy a ser el tomador-conductor-propietario y que cambien las condiciones particulares? ¿Se pueden negar por que estamos a menos de dos meses del vencimiento( vence el 15 Julio 2011)?¿ O me van a pedir que certifique que mi padre no va a conducir más, con algún certificado de la DGT o algo así? Si me dan un presupuesto que no acepto, ¿ puedo rescindir el contrato o se pueden acoger a lo de los dos meses?
Resulta que el 24 Mayo( 52 días antes del vencimiento) les comunique oficialmente ( oficinas centrales de AXA en mi ciudad, ellos me tramitaron el papeleo a Madrid)que quería cancelar la póliza porque estaba en trámites de venderlo( ahora lo más seguro es que no lo venda)y el 2 de Junio he recibido la respuesta ( desde Madrid) con fecha de 27 Mayo, que no me cancelan la póliza por no haberles avisado con 2 meses de antelación ( ¿ no es suficiente 52 días?)y que cuando llegue el plazo me cargarán la prima para el año siguiente ( cantidad que desconozco). Aquí en España, decimos Vaya cara dura!!! por mucho artículo 22 famoso.Y además ellos en las condiciones particulares(3 ó 4 folios) no hacen mención a lo de los dos meses para cancelar, sino lo hacen en las condiciones generales que son 60 hojas de un librillo :)
Por todo esto,hoy he estado mirando con lupa la póliza y hago mención a lo del tomador, etc...
Gracias de antemano a todas las respuestas.
PD: Si no pago la prima( unos 500€)¿ suelen pedir via judicial esta cantidad?
Ah! Me he acordado que en AXA, una comercial me dijo lo de los dos meses, pero como su conciencia le traicionó, me dijo, ¨dile al banco que no pague¨.