Según LCS 50/1980 los seguros no pueden ser objeto de enriquecimiento injusto a favor del asegurado; en el caso que expones (reparación>depreciación) estarías incurriendo en este artículo y en él se basará la cía para indemnizarte según depreciación.
También está establecido que siempre que el bien pueda ser reparable, el asegurado tiene derecho a ello en la Ley. Tienes que encontrar un reparador que te lo haga por el precio de indemnización. Y valorar si es mejor que te reparen según ese importe, o que te indemnicen y aportando algo más te compres uno nuevo. Depende del bien y del daño.
Un saludo