Buenas, en octubre de 2021 el INSS me abrió un expediente de oficio para una IP por enfermadad profesional, tengo asma grave con empeoramiento por alergia a ácaros, y mi trabajo es electricista en obra, por este motivo llevaba 18 meses de baja. El 17/03/22 me conceden una IPT por enfermadad común, después de revisarla con mi abogado decidimos poner una reclamación porque me correspondía por enfermadad profesional y así me la habian tratado. Mi sorpresa a sido hoy al llegar la resolución, que me quitan la IPT que me concedieron hace 3 meses, cuando aún estoy en tratamiento para controlar mi asma grave, con bastantes apuros para caminatas largas en llano a un ritmo normal/bajo y muchos apuros en cuestas y subir escaleras. Según los médicos no puedo volver a trabajar con contacto a ácaros ni a sustancias químicas como son pinturas o barniz lo cual se utiliza mucho en obras. He hablado con mi abogado y pondremos demanda, pero mi pregunta es, pueden quitármela solo 3 meses después, sin estar recuperado, ni haberme citado para una nueva revisión, y más raro aún (según el administrativo del INSS con el que he hablado hoy) en la carta de desistimiento no pone la fecha en la que se hace efectivo la retirada de la IPT, vamos en la que dejaré de cobrar. He llamado al INSS y que a ellos aunque la carta la mandaron el 15/6/22, y se supone que eso es casi automático y ha pasado casi una semana aún les pone que soy pensionista, no sé si ha alguien le ha pasado algo similar, me ha dicho que o es un error en la carta (cosa que dudo), porque generalmente usan plantillas o aún no está subida la orden por algún error, gracias