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Subsidio mayores 52 - carencial de rentas - Prestación por desempleo
Hola. Voy a solicitar el subsidio de mayores 52 años, cumplo todos los requisitos, pero tengo una duda respecto a las rentas computables. Tengo claro que en el cómputo de rentas mensuales tengo que considerar los intereses de mis cuentas corrientes por su valor explicito (los intereses que me ingresan mensualmente) y el rendimiento de mi seguro de jubilación por el 3% de su valor dividido entre 12. Pero además tengo una cuenta de ahorro con un saldo importante derivado de la venta de una vivienda adquirida por herencia hace unos meses: ¿este saldo lo tengo que declarar de alguna manera, bien por el total, bien por su rendimiento presunto del 3% entre 12? Si la casa no la hubiera vendido, tengo claro que si computaría por el 3% de su valor entre 12, pero al haber “sustituido” ese valor del bien por un saldo en cuenta, ya no sé cómo hay que considerarlo o si tengo que considerarlo. Gracias.