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Cuando pedir el subsidio para mayores de 52 años después de un contrato temporal
Hola a todos, mi agradecimiento por la labor que hacéis resolviendo las dudas que se nos van generando. Llevo unos cuantos meses asiduo al foro por mi situación laboral y en estos momentos me surge una duda.
En el mes de marzo del 23 se me agotó la prestación contributiva de desempleo, he permanecido inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente. A falta de 1 mes para cumplir los 52 años y poder solicitar el subsidio para mayores de 52 años, cumpliendo todos los demás requisitos, hoy me han hecho una oferta de trabajo de 4 meses y mi pregunta es: cuando termine el contrato que será más o menos para octubre, para poder apuntarme de nuevo como demandante de empleo y poder solicitar el subsidio tengo que esperar a finalizar el periodo de vacaciones o la fecha es la de finalización del contrato?
Por lo que he estado leyendo en el SEPE consideran la fecha del hecho causante la fecha de la situación legal de desempleo que a mi entender creo que será cuando termine el periodo de vacaciones (ya que la empresa sigue cotizando por mi esos días). En la prestación contributiva lo tengo claro porque ya me he encontrado otras veces pero para el subsidio lo desconozco, es lo mismo?
Y otra duda más, como ya he hecho el mes de espera al finalizar la prestación contributiva de desempleo, cuando termine el contrato no tengo que volver a hacerlo, verdad?
Gracias de antemano y un saludo.
En el mes de marzo del 23 se me agotó la prestación contributiva de desempleo, he permanecido inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente. A falta de 1 mes para cumplir los 52 años y poder solicitar el subsidio para mayores de 52 años, cumpliendo todos los demás requisitos, hoy me han hecho una oferta de trabajo de 4 meses y mi pregunta es: cuando termine el contrato que será más o menos para octubre, para poder apuntarme de nuevo como demandante de empleo y poder solicitar el subsidio tengo que esperar a finalizar el periodo de vacaciones o la fecha es la de finalización del contrato?
Por lo que he estado leyendo en el SEPE consideran la fecha del hecho causante la fecha de la situación legal de desempleo que a mi entender creo que será cuando termine el periodo de vacaciones (ya que la empresa sigue cotizando por mi esos días). En la prestación contributiva lo tengo claro porque ya me he encontrado otras veces pero para el subsidio lo desconozco, es lo mismo?
Y otra duda más, como ya he hecho el mes de espera al finalizar la prestación contributiva de desempleo, cuando termine el contrato no tengo que volver a hacerlo, verdad?
Gracias de antemano y un saludo.