Pues normalmente lo reglado es pedir una "revisión por mejoría" en la web del inss, te Dan cita para inspección y tiene que llevar informes médicos que determinen esa mejoría para desarrollar otro tipo de trabajo q el que le incapacitó en su día, y solicitar una Total. Cuando tenga la resolución de la Total (si se la dan) ya puede aceptar el trabajo. Debéis tener en cuenta que esta persona pasaría de cobrar el 100% de la base reguladora, al 55% además de tener que restar el irpf correspondiente a la cantidad que le quede. La absoluta además de ser el 100% de la base regulador, no tiene retención de irpf. La merma económica es importante, solo valdría la pena si el nuevo trabajo es un sueldo decente y duradero... porque una vez en la Total olvidate de volver a la Absoluta, has dicho que estás para trabajar. Lo que no te aconsejo es actuar.por tu cuenta, es decir empezar a tener actividad económica sin comunicar nada al inss, te cae multa y retirada de pensión. Os tenéis que sentar lápiz en mano y echar cuentas.