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Contrato eventual con subdio de 52

10 respuestas
Contrato eventual con subdio de 52
Contrato eventual con subdio de 52
#1

Contrato eventual con subdio de 52

Buenas tardes 
Voy a empezar a trabajar de formadora  2 meses con contrato eventual,ahora mismo estoy cobrando subsidio de 52
¿Hay algún problema con volver a reanudarlo en marzo con este tipo de contrato?
Hasta ahora me habían hecho fijos discontinuo en otras empresas pero esta me lo hace eventual por las horas trabajadas y quiero estar segura de firmarlo.
Muchas gracias!!!
#2

Re: Contrato eventual con subdio de 52

¿Hay algún problema con volver a reanudarlo en marzo…
Ninguno. 
#3

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Gracias Angelneu!!!un abrazo  
#4

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Angel, entonces si yo firmo un contratos indefinido con periodo de prueba de 6 meses y no lo supero ¿a los 6 meses puedo reanudar el subsidio o tengo que volver a solicitar?
Gracias.
#5

Re: Contrato eventual con subdio de 52


Si no llegas a los doce meses;  puedes solicitar la REANUDACIÓN del subsidio suspendido. 
#6

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Gracias Ángel.
#7

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Hola Angel 
Tengo una duda,estoy trabajando hasta el 14 de febrero,me cuesta mucho encontrar trabajo por mis 55 años pero ahí voy con mini contratos 
Es por lo que he pensado alquilar uns habitacion en mi casa que es como un mini estudio con su baño y terraza propio por 570
Mi pregunta es cuando reanude subsidio en febrero y alquile la habitación,¿es compatible los 570€ más los 480€ o me restan cantidad de subsidio por superar el SMI?
Obviamente sé que tengo que comunicárselo al Sepe pero quisiera saberlo para tomar la decisión de alquilar la habitación
GRACIAS Y FELIZ  AÑO EQUIPO!
#8

Re: Contrato eventual con subdio de 52

El importe del subsidio no se tiene en cuenta absolutamente para nada en el calculo de rentas. 
Nada ni nadie puede prohibirle informar al SEPE, pero salvo que ese arrendamiento de habitación (en caso de que vaya a ser declarado en IRPF) vaya unido a otras posibles rentas/ingresos que superen el límite mensual de 850,50 euros brutos, no supone estar incurso en un supuesto de
 suspensión y/o extinción del subsidio. Por lo tanto y a efectos de SEPE no tiene obligación de comunicar nada por este motivo.


#9

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Hola Lidia ;

Mientras el importe del alquiler junto con la suma de otras rentas (excluido el subsidio) no supere los 850,50 euros,  podrás seguir percibiendo el subsidio con normalidad y no necesitas informa de nada.
Saludos y feliz año. 
#10

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Muchas gracias Wediebard!
FELIZ AÑO!
#11

Re: Contrato eventual con subdio de 52

Jo que alivio muchas gracias Angel y feliz año!!