alfabero
12/11/24 20:38
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Carlos, el tipo de IP en tu caso la Total, es si te han concedido el 55%, viene indicado en la Resolución.Como bien dices tienes 59 años, si no trabajas nada en ninguna otra profesión, te corresponde el 75% y sería Una Incapacidad Total Cualificada.IPTC. Que también tiene que venir indicado en al Carta de la Resolución.En mi caso me concedieron una IPT con 56 años, reclamé y me concedieron una IPTC y me enviaron la Resolución rectificada y con las operaciones incluidas.Hay otra manera de saber si te dan el 55 o 75, pero claro es más laboriosa.Puedes hacer tú mismo las operaciones sumas todas las bases reguladoras de los 96 meses ultimos (lo ves en mi seguridad social) lo divides entre 112 y sacas el 55% o el 75% sabes lo que te pagan en bruto aprox. Luego tienes que descontar el IRPF.O como tú dices : Te pones en contacto con el INSS y que te lo miren y expliquen.Ánimo suerte y mucha salud!!