Buenos días, en la Declaración de la Renta 2015 está el apartado "situación familiar", donde se incluyen los hijos. Tal y como dices, es el mismo caso que el anterior: tienes una pareja que tiene una hija, pero la hija no es tuya. Si lees las respuestas a la pregunta, verás que no tienes derecho a incluir la niña ni al 50% porque no es hija tuya. http://www.rankia.com/blog/asesor-fiscal/3213048-incluyo-no-mis-hijos-declaracion-renta Un saludo.
Buenos días,
al inicio de la campaña de la declaración de la renta de este año, muchos usuarios se quejaban de errores en el funcionamiento de renta web, los cuales parecieron solucionarse por parte de la Agencia Tributaria conforme avanzaban las semanas.
En este contexto, varios contribuyentes decidieron presentar su declaración mediante el programa PADRE, aun teniendo que utilizar realmente renta web. No han comentado si después ha habido algún problema por presentar con el PADRE, pero no creo que pongan ningún impedimento. Entre que es el primer año que hay este cambio, que renta web funcionaba mal, y que realmente es lo mismo (simplemente renta web es algo más actualizado como se explica en el artículo), pienso que no habrán pegas. No obstante, si te dijeran algo, agradecería nos lo comentaras.
Un saludo.
Buenos días, ¿has cambiado de vivienda? Lo digo porque la deducción por alquiler de vivienda habitual es para contratos firmados con anterioridad al 2015. Si no te aparece el dato, inclúyelo tú a mano. Cuando acabes, es como tú has dicho. Un saludo.
Buenos días, prueba a ir tú. Si el pueblo es pequeño o te pilla gente maja igual te hacen el favor y te lo miran igual. Si te supone perder mucho tiempo, llama primero para preguntar por si acaso. Igual incluso te pueden explicar el motivo por teléfono sin explicar el caso concreto. También puedes llamar a la Agencia Tributaria por si supiesen decirte algo. Un saludo.
Hay un mínimo (si tienes muchísimo dinero), y también es obligado para aquellos que les salga el resultado a ingresar en la Declaración de la Renta 2015: http://www.rankia.com/blog/impuestos/2282763-modelo-714-impuesto-patrimonio Un saludo.
Buenos días, http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2797139-pnc-invalidez-pension-no-contributiva http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1819760-pensiones-no-contributivas http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2275812-rentas-exentas-tributar-irpf Si la pensión por incapacidad está exenta, la no contributiva también lo estará. Un saludo.
Buenos días, se incluyen los datos con normalidad en este apartado de "primer declarante". http://www.rankia.com/blog/impuestos/2282763-modelo-714-impuesto-patrimonio Creo que por obligación no hay que añadir nada más (ni en impuesto sobre el patrimonio). Un saludo.