Buenos días, el máximo deducible son 840€, y es el 20% lo que te puedes deducir de lo que hayas pagado. Tienes que ser menos de 35 años, y tu base imponible ha de ser menos a 25.620€ si haces la declaración individual. Si hicieses conjunta el tope serían 36.200€. Además, lo que has pagado por alquiler no puede superar el 10% de la base imponible. Y el que te alquila la vivienda tiene que haber depositado la fianza del alquiler en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (y tú debes tener una copia del resguardo del depósito para poder justificarlo). Si ves que hay algo que no cumplas, modifica la declaración, que tienes tiempo hasta que acaba el período de campaña de la renta. Un saludo.
Buenos días, entras en tu declaración, la modificas y la vuelves a enviar. Si no pudieras, la vuelves a hacer y la envías. Cuenta la última declaración de la renta 2015 que hayas enviado. Un saludo.
Buenos días, te dejo un artículo sobre cómo tributa un inmueble heredado. Supongo que deberás llevar el documento de la adquisición (herencia, impuestos pagados,....) y el de la venta, que prueben que has recibido esa parte de la casa y que ha sido vendida. Un saludo.
Si el valor de la prima de emisión es superior al valor de las acciones de donde proviene, sí que tributa. Y no tributa todo en este caso, solamente la diferencia entre el valor de la prima de emisión y el valor de esas acciones. Recordamos que este caso es: Si: Valor prima emisión > Valor acciones que han generado la prima de emisión. Entonces: Valor prima emisión - Valor acciones que generan la prima = cantidad que tributa La cantidad que tributa lo hace como rendimiento de capital mobiliario. Si el caso es el contrario: Valor prima emisión < Valor acciones que han generado la prima de emisión Simplemente tienes que restar el valor de la prima de emisión al valor de las acciones que han generado la prima, y tenerlo en cuenta para la declaración del ejercicio fiscal en que vendas las acciones. No tributarían este ejercicio fiscal. Un saludo.
Buenos días, en el segundo comentario de este hilo se explica cómo tributan las primas de emisión en la declaración de la renta. Eso sí, ten en cuenta que el tema de las casillas está anticuado y no corresponden al ejercicio 2015. Un saludo.