Muchas gracias por las instrucciones!
Lo he hecho según me decias y he podido presentar la complementaria por Renta WEB sin problemas.
Que maravilla esto de la tecnología, la de colas y papeleos que te ahorras! ;)
Hola!
Siguiendo con el tema de dividir las rentas inmobiliarias al 50% entre el matrimonio en gananciales, estoy mirando por ahí en Internet y parece que si es posible... aunque como soy lego en la materia tampoco me fío mucho de entenderlo correctamente... creo que lo mejor será preguntar a hacienda a ver que nos dicen.
Las dudas me surgen por el tema de que en catastro figura sólo el 50% de esa propiedad a nombre de mi suegro y mi suegra no aparece por ningún lado. No se si a efectos del IRPF basta con dividir las renta inmobiliaria generada entre ambos y listo, o habría que hacer algún cambio en catastro para que figuera ella y entonces supongo que ya no podría hacerse este apaño hasta la declaración del IRPF...
Por otro lado, una pregunta muy básica: si al final sirve esto de los gananciales y mi suegro por tanto no llega a los límites para estar obligado a declarar, teniendo en cuenta que hacienda si le ha hecho un borrador en el que dice que si tenía que declarar, bastaría con no presentar la declaración y quedar a la espera de que hacienda le preguntara algo para explicar el tema o debería hacerse un escrito explicando porque no la presenta o algo así?
Muchas gracias!
Muchas gracias a todos por las respuestas.
A ver si compruebo todo metiendo los datos con el programa Padre.
Y también quiero compararlo con la declaración de años antoriores, para ver donde está el cambio que hace que ahora si este obligado a declarar... me temo que será porque se ha actualizado el valor catastral del chalet y antes no pasaba de los 1000 euros y ahora si... aunque sea solo por 40 euros...
Una pregunta más, me temo que a la desesperada:
Mi suegro es propietario del chalet al 50% con su hermano y como tal figura en Catastro. Pero cuando lo adquirió estaba ya casado en bienes de ganaciales... sería posible imputarle en la declaración del IRPF la mitad de las rentas inmobiliarias de su 50% a su mujer por el tema de los ganaciales, para de esa forma no superar el límite de 1.000 euros?
Gracias otra vez
Gracias empty.
Por lo que veo en el borrador, uno de los inmuebles, entiendo que el 50% del chalet se valora como una renta inmobililaria de 1.042 euros
Ahora que repaso los importes de obligación de declarar veo que mencionan las rentas inmobiliarias de más de 1.000 euros...
Me temo que al no ser vivienda habitual y pasarse por 42 euros de los 1000, al final nos va a tocar pagar... :(
¿Sabeis si esto es nuevo de 2014? En años anteriores con esta misma situación el borrador le llegaba con el mensaje que comentas de que era "No confirmable" porque no tenia obligación de delarar.
Saludos
Hola
Gracias por la respuesta.
Lo unico que tiene en los Datos Fiscales, además de lo expuesto en el anterior mensaje son el 50% de dos inmuebles y una plaza de garaje.
Uno es su vivienda habitual a medias con su mujer, el otro una chalet a medias con un hermano. Ninguno está alquilado ni nada por el estilo, sino que son para su uso y el de la familia.
Por lo que veo, al respecto a estos inmuebles el borrador señala en la casilla nº 70 una "Suma de imputaciones de rentas inmobiliarias" de 1.092,33 euros.
Esas "rentas inmobiliarias" se consideran un 3º pagador y afectan a la obligación de declarar o algo así? Porque si es así es algo nuevo... en años anteriores con los mismos ingresos y posesiones no tuvo que presentar declaración.
Gracias y un saludo
Hola
Sin meterme en el tema de que hayas estado residiendo en el extranjero, porque no tengo ni idea de esos temas...
En cuanto a lo que te sale en el borrador del IRPF si es normal que te devuelvan todo lo retenido porque esos intereses que has tenido no superan el mínimo personal por el que no se tiene que tributar (son 5150 euros, aparece en la casilla 505 y siguientes).
Así que mientras que tus ingresos estén por debajo de esa cantidad, te devolverán todo lo que te hayan retenido.
A mi me paso hace un par de años cuando estuve en paro y sin prestación y mis unicos ingresos fueron los intereses generados por mis ahorros. Al ser inferiores al mínimo personal me devolvieron la totalidad de lo retenido.
Saludos