Bueno he tirado por la vía rápida, la promotora no tiene inconveniente en que hagamos dos transferencias.Para que el hilo le pueda servir a alguien, creo que está el Modelo S1 de hacienda, pero no me queda claro si es para llevar dinero en efectivo de más de 10.000€ y sacar dinero del país y si se tiene que hacer también para transferencias entre particulares, no lo tengo claro.Por si a alguien le puede servirhttps://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DD01.shtml
Me surge una duda, en 2015 cobré unos dividendos de TEF, en la info de ING todo correcto sale el importe bruto y la retención aplicada.
.
Sin embargo vendí unos derechos también de TEF y di orden de vender a la empresa, para que me aplicaran la retención, sin embargo en la info fiscal de ING aparece como tipo de operación VENTA y el importe total, no me han aplicado ninguna retención...
.
En la cabecera de este movimiento en la info fiscal pone "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones o participaciones negociadas en mercados oficiales"
.
¿me las habrán vendido a mercado? si las venden a la empresa entiendo que debería ver la retención aplicada?
Estoy revisando el documento, entiendo que las plusvalías/minusvalías obtenidas de fondos de inversión van a las casillas 281-282 (en el caso de acciones las 296-297).
Y que en caso de tener pérdidas pendientes de compensar de los 4 ejercicios anteriores (péridas por inversión en acciones de bolsa) se entra en la casilla 334.
¿No sé si estoy en lo correcto?
En mi caso tengo -1.200€ de pérdidas declaradas en 2012 y el 2015 realicé plusvalías en un fondo de inversión de unos 1.200€ para compensar esas pérdidas
si no estoy equivocado tanto en 2013 como en 2014 se distinguían entre plusvalias/minusvalias de mas o menos de un año, tienes que mirar ese dato
mira este hilo, yo tengo la misma duda (parecida)
http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2740398-estamos-declarando-ejercicio-2014-no-confundirse-normas-para-2015-2016#respuesta_2741404
no estoy seguro pero creo que es la casilla 423, base imponible general.
puedes seguir el otro hilo que comento también...
Gracias Lunatico,
.
Sobre la compensación de ejercicios anteriores entiendo que lo pendiente de compensar de 2010,2011,2012 va a la casilla 432 (base imponible del ahorro), a compensar con lo de más de un año generado en 2014
.
¿En la casilla 423 qué corresponde?
.
Minusvalías pendientes del 2013 si las hubiera ¿van a la base imponible general y por tanto a la 423?
una cuestión sobre este excelente post, para la declaración del ejercicio 2014 que acaba de arrancar, ¿siguen siendo válidos estos pasos y las casillas serían las mismas?