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Participaciones del usuario Barbacoa

Barbacoa 10/03/12 21:49
Ha respondido al tema ETF de dividendos ¿Cual es mejor?
Hola, Pelos: ETFs de acumulación para RV americana sólo encuentro algunos europeos: te dejo enlaces a algunos de ishares y de credit suisse (que tiene 6 y parecen todos de acumulación). http://es.ishares.com/es/rc/productos/SSAM http://es.ishares.com/es/rc/productos/IUSE:LSE http://de.ishares.com/en/rc/products/SACC https://csetf.com/de/en/retail/product/cs-etf-ie-on-msci-usa-small-cap/50 https://csetf.com/de/en/retail/product/cs-etf-ie-on-msci-usa-large-cap/49 https://csetf.com/de/en/retail/product/cs-etf-ie-on-s-p-500/52
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Barbacoa 06/12/11 18:57
Ha respondido al tema Fondo de inversión con exposición a la divisa NOK
Contrato Marco de Productos y Servicios Financieros Banco Inversis, S.A. (versión 25/09/2011) ESTIPULACIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES "5.- EXISTENCIA DE SUBDEPOSITARIOS Y DE CUENTAS “OMNIBUS” La custodia y administración de los valores se realizará en INVERSIS BANCO. No obstante, el CLIENTE es informado y autoriza expresamente a INVERSIS BANCO para que éste pueda subcontratar y encomendar a terceras entidades, legalmente habilitadas para ello, la custodia y administración de los instrumentos financieros o valores cuando ello convenga para la mejor administración y custodia de los mismos. En todo caso, los valores figurarán registrados en cuentas individualizadas a nombre del CLIENTE e INVERSIS BANCO responderá del subdepósito realizado. El BANCO actuará con la debida competencia, atención y diligencia en la selección, designación y revisión periódica de la entidad donde se depositen los valores e instrumentos financieros del CLIENTE, asegurándose de que sean entidades de reputación sólida en términos de experiencia y prestigio en el mercado. Cuando la práctica habitual en el correspondiente mercado extranjero en el que haya de ejecutarse una orden exija la utilización de cuentas ómnibus para clientes de una misma entidad, el CLIENTE autoriza expresamente a INVERSIS BANCO a utilizar dichas cuentas globales, en las que las posiciones del CLIENTE aparecerán registradas conjuntamente con las de los otros clientes de INVERSIS BANCO,teniendo en cuenta que existirá una separación absoluta entre la cuenta propia de INVERSIS BANCO, la cuenta del tercero donde se haya abierto dicha cuenta global y la cuenta de sus clientes,que no podrán registrarse posiciones de INVERSIS BANCO, del tercero y de sus clientes en la misma cuenta y que INVERSIS BANCO tiene establecido un procedimiento interno que permite individualizar contablemente la posición de cada uno de sus clientes. A los efectos anteriores, INVERSIS BANCO elegirá entidades de reconocido prestigio y solvencia financiera e informará, con carácter previo al CLIENTE, de los riesgos que asume como consecuencia de esta operativa, de la identidad de dicha entidad así como de su calidad crediticia. No obstante, INVERSIS BANCO pone en conocimiento del CLIENTE la posible existencia de restricciones temporales en la disponibilidad, deterioro del valor o incluso pérdida de los depósitos de instrumentos financieros y de los derechos derivados de esos instrumentos financieros o del depósito de efectivo, en su caso, constituidos por cuenta del CLIENTE, como consecuencia de los riesgos específicos, legales y operacionales sin que ello sea imputable, en modo alguno, a INVERSIS BANCO o quepa reclamación alguna a éste al respecto. En todo caso, el CLIENTE dispone de información acerca de dichos riesgos asociados a la utilización de cuentas globales y, en particular, acerca de la identidad de la tercera entidad donde se haya abierta la cuenta global, su calificación crediticia (rating), el titular de la cuenta global en la dirección web de INVERSIS BANCO establecida a tal efecto. En el caso de que dicha cuenta global estuviera abierta a nombre de otra entidad, se observarán igualmente los requisitos de la Circular 1/1998, de 10 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores o cualquier otra que la sustituya en el futuro. En caso de que INVERSIS BANCO alcanzase acuerdos con nuevas entidades para la prestación de los servicios descritos en esta estipulación, en sustitución de las existentes a la firma del presente CONTRATO MARCO, INVERSIS BANCO comunicará tal circunstancia al CLIENTE, recabando su autorización expresa previa para realizar dicha operativa, cumpliendo, asimismo los demás deberes de información en cuanto a riesgos asumidos, identidad y calidad crediticia de las nuevas entidades. Las transacciones en el extranjero están reguladas por las leyes aplicables a cada país en cuestión, sin perjuicio de la legislación española de pertinente aplicación. Además dichas leyes y regulaciones podrán variar dependiendo del mercado extranjero donde se realice la operación. Sin perjuicio de lo contemplado en esta estipulación, en los casos de transacciones sobre instrumentos financieros, valores o fondos del CLIENTE que resulten sujetas a las leyes de países no miembros de la Unión Europea, el CLIENTE es advertido en este acto de que sus derechos sobre tales instrumentos, valores o fondos pueden ser distintos, en materias de propiedad e insolvencia a los que le corresponderían si estuvieran sujetos a un país miembro de la Unión Europea. Mediante la firma del CONTRATO MARCO, el CLIENTE reconoce comprender dicha advertencia."
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Barbacoa 14/11/11 13:41
Ha respondido al tema Fondo de inversión con exposición a la divisa NOK
Si no entiendo mal, la normativa luxemburguesa (que regula KBC Renta) establece que cada compartimento o subfondo de una SICAV será exclusivamente responsable de los compromisos que tengan origen en el subfondo, a no ser que los documentos de constitución de la SICAV establezcan otra cosa: "Artículo 133.5 de la LAW OF 20 DECEMBER 2002 Relating to Undertakings for Collective Investment and Amending the Law of 12 February 1979 concerning the Value Added Tax: (5) The rights of investors and of creditors concerning a compartment or which have arisen in connection with the creation, operation or liquidation of a compartment are limited to the assets of that compartment, unless a clause included in the constitutional documents provides otherwise. The assets of a compartment are exclusively available to satisfy the rights of investors in relation to that compartment and the rights of creditors whose claims have arisen in connection with the creation, the operation or the liquidation of that compartment, unless a clause included in the constitutional documents provides otherwise. For the purpose of the relations as between investors, each compartment will be deemed to be a separate entity, unless a clause included in the constitutional documents provides differently." No tengo los documentos de constitución de KBC Renta pero en el Prospecto, que solo he encontrado en francés y he tenido que pasar un traductor (muestro la traducción al inglés, que es mejor que al español), se establece: "13.3. Engagements 13.3.3. Autres principes 13.3.3.1. La SICAV constitue vis-à-vis des tiers une seule et même entité juridique, et tous les engagements engageront la SICAV toute entière quelque soit le compartiment auquel ces dettes sont attribuées. Les avoirs, engagements, charges et frais qui ne sont pas attribuables à un compartiment seront imputés aux différents compartiments à parts égales ou, pour autant que les montants en cause le justifient, au prorata de leurs actifs respectifs. 13.3.3.2. Dans les relations des actionnaires entre eux chaque compartiment est traité comme une entité à part. 13.3.3.1 To third parties, the SICAV is a single entity, all the liabilities and the SICAV bind as such entity, regardless of what part of these funds Liabilities are attributable. The assets, liabilities, costs and expenses which are attributable to any particular Sub-Fund will be shared equally or if the amounts involved justify this, apportioned in proportion to their respective assets. 13.3.3.2. In relation to the unitholders, each subfund is treated as a separate legal entity." A la vista de la documentación, ¿creéis que la responsabilidad del subfondo Nokrenta podría extenderse a las obligaciones contraídas por otros compartimentos?
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Barbacoa 21/10/11 16:46
Ha respondido al tema Fondo de inversión con exposición a la divisa NOK
Gracias, habrá que plantearse abrir cuenta en inversis para Noruega. Me da la impresión de que en otras monedas en R4 sí existen fondos que podrían servir al mismo propósito de protección del capital, como el UBS (Lux) Medium Term BF CAD P-acc (LU0074904615) -si bien su TER es más alto que el de KBC- o monetarios en SEK (IE0005272863), CAD (LU0049016909) y AUD (LU0066649970) -aunque en estos te fías en exclusiva al tipo de cambio- Un saludo
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Barbacoa 12/10/11 11:13
Ha respondido al tema Fondo de inversión con exposición a la divisa NOK
Hola, Valentin: No soy cliente de Inversis pero parece que se puede consultar libremente su base de datos de fondos en https://www.inversis.com/inversiones/productos/buscador-avanzado-fondos20&pathMenu=2_1_2 He mirado los fondos que comercializa de KBC Asset Management S.A., pero no está el que te interesa. Saludos.
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Barbacoa 15/09/11 12:56
Ha respondido al tema ETF oro y plata
Aquí lo explican: http://seekingalpha.com/article/257492-ishares-silver-trust-vs-etfs-physical-silver-how-they-match-up Los comentarios enlazan a artículos también interesantes.
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Barbacoa 22/06/11 21:49
Ha comentado en el artículo ETF y por qué no cubierto?
He encontrado una explicación bastante sencilla del funcionamiento de la cobertura de divisa de estos ETFs (para mí el texto del prospecto es chino): http://etfroom.com/2010/12/13/ishares-lista-5-etfs-con-divisa-cubierta/
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Barbacoa 18/06/11 11:43
Ha comentado en el artículo ETF y por qué no cubierto?
En el prospecto simplificado profundiza más: Hedging Methodology In accordance with the hedging methodology of the Currency Hedged Funds’ Benchmark Indices (see “The Benchmark Index and Investment Techniques” above), the foreign currency hedge of each relevant Currency Hedged Fund is reset at the end of each month using one-month forward contracts. Whilst the hedge is proportionately adjusted for net subscription and redemptions in the relevant Currency Hedged Fund, no adjustment is made to the hedge during the month to account for price movements of underlying securities held by the relevant Currency Hedged Fund, corporate events affecting such securities, or additions, deletions or any other changes to the constituents of its Benchmark Index. During the period between each foreign currency hedge reset at month-end, the nominal amount of the hedge may not match exactly the foreign currency exposure of the relevant Currency Hedged Fund. Depending on whether the Benchmark Index has appreciated or depreciated between each hedge reset, the foreign currency exposure of the relevant Currency Hedged Fund may be under-hedged or over-hedged respectively. Gains or losses from the foreign currency hedge of the relevant Currency Hedged Fund will not be reinvested or covered until the hedge is reset at month-end. In the event that there is a loss on the relevant Currency Hedged Fund’s foreign currency hedge prior to a reset at month-end, the relevant Currency Hedged Fund (by virtue of the hedging methodology used by its Benchmark Index) will have an exposure to securities which will exceed the Net Asset Value of the relevant Currency Hedged Fund as the Fund’s Net Asset Value comprises both the value of the Fund’s underlying securities plus the unrealised loss on the foreign currency hedge. Conversely, in the event that there is a gain on the relevant Currency Hedged Fund’s foreign currency hedge prior to reset at month-end, the relevant Currency Hedged Fund will have a lower exposure to securities than its Net Asset Value as, in this case, the relevant Currency Hedged Fund’s Net Asset Value will include an unrealised gain on the foreign currency hedge. When the foreign currency hedge is reset at month-end, any such difference will be materially addressed. The Investment Manager is seeking to deliver to shareholders a return reflective of the return of the benchmark index which incorporates a hedging methodology. Therefore the Investment Manager has no discretion to alter or vary the hedging methodology used by the relevant Currency Hedged Fund. http://uk.ishares.com/en/rc/products/IJPE/documents
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