Te pide dos cosas, primero ratificar tu domicilio actual (el nuevo, es donde te enviarán notificaciones de ser necesario) y después, ya dentro del borrador, la comunidad autónoma de residencia en 2020 (que en tu caso es la misma que la actual).
Creo que la gestora notifica a la AEAT mediante una corrección del modelo 345. Espera un par de semanas y entra en tus datos fiscales en la web de la AEAT y debería salir regularizado.
Entiendo que estás dado de alta como autónomo en la AEAT y estás liquidando periódicamente el IVA y demás obligaciones, ¿no? Se declara en actividades económicas, pero el resto de cosas que preguntas dependerán de lo que eligieses al darte de alta.
Ingreso a cuenta no es lo mismo que ingreso en cuenta. Lo primero significa que ellos ingresan en la AEAT la retención correspondiente, con lo que efectivamente el premio y su retención deberían aparecerte en los datos fiscales y, por tanto, en el borrador.
Exacto, parece que cobraste la baja pero no la deducción por maternidad (los famosos 100€ al mes) y te los están aplicado ahora. Con lo cual serían los 8 meses más los 2,61 de retenciones. Y como no hay más que devolver, el resto de deducciones no aplican.
En el apartado M (Cálculo del impuesto y resultado de la declaración), ¿puedes comprobar si la casilla 609 coincide con los 802€ que te salen a devolver?
Los datos fiscales pueden contener errores. Si tienes documentación que acredite esa minusvalía, la puedes aplicar sin ningún problema en la declaración. Es posible que luego te pidan explicaciones, pero aportas la documentación y listo.Por cierto, el año fiscal de una persona fallecida no acaba el 31 de diciembre sino el día de su fallecimiento.
Hola Franortu,Vas a tener que dar algún detalle más. ¿Las has comprado para arrendarlas o eres agricultor y son para tu propio uso? ¿Eres autónomo o en qué régimen estás?
Si tu vivienda habitual está arrendada, es que no es tu vivienda habitual 😉Tu vivienda habitual es aquella en la que resides la mayor cantidad de días en el año. Hay gente que reside en una vivienda entre semana y durante el fin de semana se va a otra vivienda en la playa o la montaña. En este caso, su vivienda habitual es la que utiliza de lunes a viernes. También hay gente que reside diez meses en un lugar y luego se va a pasar los dos meses de verano en otro. En este caso, su vivienda es la de invierno. Lo que no vale decir es que vives ahí "temporalmente durante dos años". Eso no es temporal, es tu vivienda habitual durante esos dos años.Además de ser tu vivienda habitual, también es tu domicilio fiscal. Y, por cierto, también es el lugar donde estás obligado a empadronarte.