Bueno, me auto-respondo por si alguien más tiene la misma duda: Tras realizar llamada a Hacienda me han dicho que efectivamente, el oro se declara en la casilla 1626, opción 4. En cuando a las acciones, me han dicho que se puede poner un nombre abreviado si no cabe la denominación completa.
Y otra cosa: En la casilla 328 para meter el nombre del emisor de la acción, permite un número tan pequeño de caracteres que algunas veces no se puede incluir el nombre completo. ¿Le valdría a Hacienda si ahí metemos el codigo ISIN? ¿o ponemos una abreviatura?
Indagando un poco he encontrado este artículo, en el que se habla sobre cómo declarar en el caso de tener múltiples operaciones de compra y venta. Por si a alguien le sirve: Hacienda incluye una casilla para declarar las criptomonedas en la Renta (bbva.com)
Agradecería también una respuesta. Qué pasa si se han hecho varias transacciones, algunas en ganancias, otras en pérdidas, y la suma total al final del año han sido pérdidas? ¿estaríamos en ese caso obligados a declararlo, independientemente de que nos beneficie el hecho de hacerlo?
En cuanto a depósitos ya se han comentado en este hilo las poquitas opciones que van quedando.Lo que sí está claro es que fondos de inversión y depósitos son cosas totalmente distintas. Los fondos son instrumentos de inversión con riesgos de pérdidas, aun en el caso de los más conservadores. Los depósitos son instrumentos de ahorro, y en el peor de los casos el principal estaría garantizado por el fondo de garantía de depósitos correspondiente.La diferencia es considerable.