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Cómo declarar mis intercambios de criptomonedas sin morir en el intento - Agencia Tributaria
Entiendo que las criptomonedas sean algo relativamente reciente... aunque bueno, en 2018 ya había mucha gente metida en este mundo. Y de eso hace ya 4 años. Pero bueno... perdonando ese caso. Sigo perdido.
Al parecer el modelo 720 NO debe usarse. Tal y como dice el aviso en el mismo modelo: "AVISO: En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales. La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2021".
Vale genial. Pero aún así, debo incluirlas en la Declaración de la Renta. Mucha gente dice que hay que usar la casilla 389 de "Otros bienes". Pero por lo visto eso no es correcto, ya que según el BOE, se ha creado la casilla 46 para "Monedas virtuales".
Pero no entiendo cómo esperan que rellene esto: "Saldo en monedas virtuales".
Sobre el saldo:
Si hubiesen usado criptomonedas una vez en su vida, verían que ese saldo lo mismo son 8€ a las 10 de la mañana que son 700€ dos horas más tarde, que vuelven a ser 2€ a la hora de cenar. Entonces... ¿qué saldo pongo ahí?
Sobre los beneficios:
Supuestamente tengo que pagar entre un 19% y un 26% según los beneficios. Pero.. ¿qué se considera beneficio?
Si compro monedita uno y lo cambio por monedita dos y luego monedita dos sube un 20% pero luego baja un 10% a los 5 minutos y luego sube un 14% a los 8 minutos y compro monedita 3 y esta sube y baja también. ¿Qué hago?
Lo LÓGICO sería decir... has metido 100€ y después de dos semanas haciendo cosas has sacado 120€ (en EUROS). Ahí SÍ se entiende que se paguen unos impuestos, pero NO sobre todos los estados intermedios, ya que eso es imposible de controlar.
Además, en la Declaración de la Renta hay casillas sueltas pero no veo una tabla de transacciones donde yo pueda desglosar nada.
¿Alguien me puede iluminar al respecto? ¡Gracias!
Al parecer el modelo 720 NO debe usarse. Tal y como dice el aviso en el mismo modelo: "AVISO: En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales. La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2021".
Vale genial. Pero aún así, debo incluirlas en la Declaración de la Renta. Mucha gente dice que hay que usar la casilla 389 de "Otros bienes". Pero por lo visto eso no es correcto, ya que según el BOE, se ha creado la casilla 46 para "Monedas virtuales".
Pero no entiendo cómo esperan que rellene esto: "Saldo en monedas virtuales".
Sobre el saldo:
Si hubiesen usado criptomonedas una vez en su vida, verían que ese saldo lo mismo son 8€ a las 10 de la mañana que son 700€ dos horas más tarde, que vuelven a ser 2€ a la hora de cenar. Entonces... ¿qué saldo pongo ahí?
Sobre los beneficios:
Supuestamente tengo que pagar entre un 19% y un 26% según los beneficios. Pero.. ¿qué se considera beneficio?
Si compro monedita uno y lo cambio por monedita dos y luego monedita dos sube un 20% pero luego baja un 10% a los 5 minutos y luego sube un 14% a los 8 minutos y compro monedita 3 y esta sube y baja también. ¿Qué hago?
Lo LÓGICO sería decir... has metido 100€ y después de dos semanas haciendo cosas has sacado 120€ (en EUROS). Ahí SÍ se entiende que se paguen unos impuestos, pero NO sobre todos los estados intermedios, ya que eso es imposible de controlar.
Además, en la Declaración de la Renta hay casillas sueltas pero no veo una tabla de transacciones donde yo pueda desglosar nada.
¿Alguien me puede iluminar al respecto? ¡Gracias!