Bueno, me auto-respondo por si alguien más tiene la misma duda: Tras realizar llamada a Hacienda me han dicho que efectivamente, el oro se declara en la casilla 1626, opción 4. En cuando a las acciones, me han dicho que se puede poner un nombre abreviado si no cabe la denominación completa.
Y otra cosa: En la casilla 328 para meter el nombre del emisor de la acción, permite un número tan pequeño de caracteres que algunas veces no se puede incluir el nombre completo. ¿Le valdría a Hacienda si ahí metemos el codigo ISIN? ¿o ponemos una abreviatura?
Indagando un poco he encontrado este artículo, en el que se habla sobre cómo declarar en el caso de tener múltiples operaciones de compra y venta. Por si a alguien le sirve: Hacienda incluye una casilla para declarar las criptomonedas en la Renta (bbva.com)
Agradecería también una respuesta. Qué pasa si se han hecho varias transacciones, algunas en ganancias, otras en pérdidas, y la suma total al final del año han sido pérdidas? ¿estaríamos en ese caso obligados a declararlo, independientemente de que nos beneficie el hecho de hacerlo?