Ya no tendría depósitos en el extranjero. De momento abriré en España. ¿Por lo tanto solo tendría que incluir los intereses de este deposito y no volver a hacer el modelo?
Están finiquitado el 8 de enero de este año y son más de 50000.¿entonces el modelo hay que presentarlo ahora pero declarar los intereses en la declaración del año que viene?
¿Que quieres decir con la ultima parte de se incluyen en la declaración de 2025?Yo en esa declaración no tengo que dar parte de nada ¿lo tengo que hacer para la declaración del 2026?Lo digo porque tengo que rellenar el modelo 720 que me tiene preocupado, pero entiendo que ese modelo lo tendré que hacer y presentar para la declaración del 2026, porque me ha vencido el 8 de enero de este año.Es correcto ¿no?