Si es super pregunta que he realizado. Comentas de excepciones. Yo tengo una IPA, plaza fija de estatutario de carrera En que situación me coloca si se quitase (es un supuesto) la reserva de plaza a los dos años (yo tengo revisión a los 27 meses, más de dos años).
Tengo una duda Jose Luis. Cuando llegue la revisión a los dos años y sigues con la IP, la empresa ya no guarda el puesto de trabajo.Se supone que directamente lo pierdes.En ese caso también hay una indemnización, o te queda una mano delante y otra detrás?Sólo con la IP hasta que te vuelvan a revisar?
Durante la baja por incapacidad temporal o por permanente parcial para ejercer la profesión habitual se cotiza para la jubilación. Sin embargo, si el trabajador presenta una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, se deja de cotizar para la jubilación, puesto que ya recibe una pensión vitalicia.
Con las incapacidades 65 años. Ten en cuenta que no estamos cotizando y nunca llegaríamos a tener años trabajados.Nueva denominaciónLas pensiones de incapacidad permanente pasarán a denominarse pensiones de jubilación, cuando los beneficiarios cumplan la edad de 65 años, sin que esta nueva denominación implique modificación alguna respecto de las condiciones de la prestación que se venga percibiendo, ni alteración del régimen jurídico de las prestaciones que puedan derivarse de ellas.En consecuencia, no procederá aplicar retención alguna por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en las pensiones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez que pasen a denominarse pensión de jubilaciónEsto es lo que dice la seguridad social..
Justo el día que cumples los 65 tendría los 38,5.Nueva denominaciónLas pensiones de incapacidad permanente pasarán a denominarse pensiones de jubilación, cuando los beneficiarios cumplan la edad de 65 años, sin que esta nueva denominación implique modificación alguna respecto de las condiciones de la prestación que se venga percibiendo, ni alteración del régimen jurídico de las prestaciones que puedan derivarse de ellas.En consecuencia, no procederá aplicar retención alguna por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en las pensiones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez que pasen a denominarse pensión de jubilación.
Hola Anlomar. Ya lo hemos hablado este tema. Antes de tener todos mis problemas de salud el simulacro de jubilación efectivamente me daba la fecha para cuando cumpliese 65 años( el mismo día). Ahora no puedo saber cuándo me jubilaria aunque en el INSS me han dicho que sería la misma fecha que anteriormente. También me comentaron que aunque te dan a elegir entre jubilación y jubilación de incapacidad, sería está segunda la que me interesa por estar exenta de IRPF de descuento por ser una IPA Digamos que seguiría como estoy con otro nombre mi jubilación.
Si tengo reserva de puesto de trabajo. En la resolución que me mandó el INSS no lo pone, pero en la resolución que me dio el trabajo y le mando el INSS a ellos si que está mi reserva de plaza y yo tengo una copia. Yo además soy funcionaria de carrera.Si me hacen la revisión a los 27 meses me quedan exactamente 12,5 meses.