También he leído que el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero se lo cargo el TJUE como consecuencia de una denuncia ante la Comisión Europea pero eso si tardó diez años en dictaminar.
Si así fuera serviría de ejemplo para que todo el mundo se pusiera las pilas y aplicara bien la justicia europea, más en estos casos que sale perjudicado el consumidor.
Lo que he leído no es un recurso, que como dices no pueden, es una denuncia:El despacho de abogados Arriaga Asociados ha presentado a la Comisión Europea una nueva denuncia contra el Tribunal Supremo (la anterior fue sobre la cláusula suelo). En esta ocasión, el despacho acusa al alto tribunal español de no acatar ni respetar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Según su denuncia, el Supremo "exonera a las entidades bancarias de cualquier obligación de información al consumidor sobre el índice IRPH" y que vulnera la normativa de protección a los consumidores al considerar que este índice es transparente solo por su publicación en el BOE. Esto, a juicio del despacho, contradice las sentencias del TJUE.Un partido político propuso sustituir el IRPH por el euribor +1.
Esperemos que el recurso de apelación consiga algo más. Si los juzgados de Palma y San Sebastián cuestionan al Tribunal Supremo mal andamos. Ahora también lo ha recurrido al TJUE el despacho de abogados Arriaga Asociados pero en este caso será para autobombo de cara a sus posibles clientes. Si para el IRPH se pasan el dictamen del BdE por el forro y los juzgados también para que queremos a los Reguladores. Mejor ponían en el préstamo unos años de carencia así estaba claro y no debían cada vez más a pesar de pagar sus engañosas cuotas.
A los bancos les interesa sobremanera sus fondos de inversión porque hacen lo que les da la gana sin ninguna responsabilidad incluyendo operaciones no convenientes.Luego está la ausencia de competencia que se han montado con la ayuda de los poderes públicos.
Total que con otro abogado que no hubiera admitido el informe pericial de los bancos y hubiera reclamado el pertinente y aplicable del Banco de España el resultado hubiera sido muy diferente.Infracción procesal no reclamada.De todas maneras tipos superiores al 20% son una barbaridad independiente de su encaje jurídico y deberían estar tajantemente prohibidos.Luego por tu dinero se niegan a remunerar y ambas cosas están permitidas.
La banda del tío Bruno tres ladrones de a uno.Lo del Alto Tribunal también defiende al poderoso, creo recordar que en las cláusulas suelo dijo como argumento jurídico que el efecto retroactivo de todo lo cobrado indebidamente colapsaría el sistema y aunque lo reconocía no concedía la retroactividad.
Hay muy poco o nada que hacer. No hay competencia y además están compinchados y protegidos por los Reguladores que debían defender al consumidor. Antes eran épicas las reuniones de los siete grandes pues ahora mucho peor porque solo hay tres y medio es decir la mitad.
Esa comisión como tantas absurdas condiciones de ING ya está derogada.Este banco ya no es lo que era. Personal deficiente. Condiciones no competitivas. Ya empiezan a cobrar cosa que no paso nunca. Quieren la nómina pero a cambio de nada. En fin que la espantada debe ser de órdago.S2
Es una vergüenza hace tiempo que no hay nada independiente, todos a la voz de su amo, hago y defiendo lo que me dices previa compensación, publicidad, favores exclusivos, filtración de noticias etc. Los pocos atisbos que hay de independencia los ahogan cual dictadura populista.Con la energía lo mismo con una mano trato de asesino a Putin y con la otra le compro la energía S2