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Participaciones del usuario Chumeti

Chumeti 23/02/12 23:13
Ha respondido al tema "Unas 510.000 familias perderán su casa entre 2012 y 2015 popr ejecuciones hipotecarias"
Cómo afecta el embargo al inquilino y al casero Aunque se embargue al propietario de la vivienda, el inquilino conserva los mismos derechos que tenía antes del embargo: puede utilizar la vivienda hasta que finalice el plazo de alquiler pactado. Por ello, el hecho de que un arrendador pague o no su hipoteca y el inmueble arrendado se subaste, no afecta al inquilino, ni a su contrato de alquiler, ya que este último se mantiene mientras tiene vigencia. Si un arrendatario reside en el inmueble de buena fe, es su domicilio habitual y abona el alquiler correspondiente, puede permanecer en esa casa. La renta que el inquilino paga por el arrendamiento de la vivienda se la abona al propietario. Sin embargo, tras una ejecución hipotecaria, cambia el sujeto pasivo, es decir, el arrendador. En este caso, el arrendatario pasa a pagar su alquiler al banco. En una ejecución hipotecaria, en función de si ha entrado a vivir en el inmueble antes o después de esa ejecución, el inquilino puede encontrarse con una impugnación del arrendamiento por parte del acreedor hipotecario, quien tiene que probar que el alquiler ha sido de mala fe y en perjuicio de sus intereses. Si al inquilino de una vivienda se le notifica judicialmente el embargo del piso, debe acudir de manera apremiante al llamamiento del juzgado para comunicar su situación de arrendatario. La comunicación tiene que acompañarse de una fotocopia del contrato de arrendamiento. Además, el arrendatario debe solicitar un documento en el que se hace constancia escrita de ello. Salvo que el juzgado indique -siempre a través de un escrito- otra circunstancia, el inquilino tiene la obligación de mantener el abono del alquiler, de la misma forma en que lo hacía hasta ese momento. Desde luego, el arrendatario no debe dejar de pagar su alquiler para no exponerse a un desahucio. Cuando el inquilino recibe una ejecución de hipoteca en forma de citación al juzgado a nombre del casero: * Si el contrato de alquiler es anterior a la hipoteca, o pese a ser posterior se le notificó al banco, y el inquilino lo hace valer en el juzgado (se persona en el procedimiento), puede seguir en la vivienda hasta que finalice su contrato. El arrendatario debe entregar al casero la carta del juzgado o acudir allí para informar de que no puede comunicarse con él. * Si la entidad financiera embarga el inmueble del casero o se ejecuta la hipoteca, aun cuando saliera a subasta y se le adjudicara a un tercero, el arrendatario tiene derecho a permanecer en la vivienda hasta los cinco primeros años del arrendamiento (según el artículo 13.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos), siempre y cuando haya un contrato legal firmado. Cautelas que debe tener el inquilino * El inquilino tiene que exigir a su casero el recibo de todas las entregas de dinero, incluida la fianza. * Para evitar sorpresas desagradables, el inquilino debe guardar todos los recibos de los pagos de la renta. Aunque el banco embargue la vivienda, se tiene que respetar el contrato de alquiler, al menos hasta que se cumpla la duración de cinco años. * Si el inquilino tiene motivos para pensar que el embargo del inmueble se lleva a cabo, debe acudir al juzgado a comunicar su condición de arrendatario de esa vivienda. * Debe estar atento a una posible venta del inmueble, con el fin de resolver la situación económica del propietario. En este caso, el inquilino tiene el derecho de tanteo y retracto sobre esa venta (es decir, la adquisición preferente de la vivienda en caso de venta). o Derecho de tanteo: es la potestad que tiene el inquilino de poder adquirir la vivienda, cuando el propietario tiene intención de venderla. Para ello, es necesario que el propietario haya comunicado la decisión de vender la vivienda, su precio y las demás condiciones esenciales de la transacción. o Derecho de retracto: si el propietario vende la vivienda y no avisa al inquilino de la propuesta de venta, o en esta comunicación se omiten condiciones esenciales de la transmisión, así como si el precio efectivo de la compraventa resulta inferior, el inquilino tiene el derecho de adquirir la vivienda del comprador, si reembolsa el mismo precio de la venta. * El inquilino no debe prestar atención a los rumores acerca de embargos que le puedan comunicar por vía telefónica, verbal o, incluso, procedente del arrendador o de la entidad bancaria acreedora.
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Chumeti 16/02/12 08:31
Ha respondido al tema Como declarar IRPF 2012
como tributan rendimientos de trabajo obtenidos en 2012, en setencia judicial, correspondientes al ejercicio fiscal 2008, se declaran en el ejercicio cuando se cobran, o autoliquidación de ingresos indebidos?
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Chumeti 08/02/12 08:12
Ha respondido al tema BankiaLink (Tubancaja) seguirá con las mismas condiciones
segun este articulo de finanzas, mal asunto para los clientes de tubancaja.... Bankia se había convertido en la entidad a seguir antes, durante y tras la presentación de la Reforma Financiera y sus nuevas exigencias de capital. Los rumores coincidían en que tales exigencias obligarían al banco que preside Rodrigo Rato a fusionarse con otra entidad y a solicitar nuevos recursos al FROB. Ni una cosa, ni otra. Bankia hará frente en solitario a la reforma, aunque a costa de exigir a una parte de sus clientes y a sus accionistas un gran esfuerzo. Este esfuerzo podría verse compensado si, tras la reforma, la entidad se gana la confianza de los mercados y tiende a igualar su valor en Bolsa al de la media del sector. En estos momentos, Bankia cotiza con un descuento del 65 por ciento su valor en libros y la media de la banca española lo hace con el 40 por ciento. Al Banco de España y al ministerio de Economía no les parece mal la fórmula con la que Bankia hará frente a las nuevas exigencias de capital, evitando la necesidad de recurrir a una fusión. Ambas instituciones están de acuerdo en que es buena la opción del saneamiento de Bankia, cualquiera que sea su opción presente o futura. La entidad presidida por Rodrigo Rato tendrá unas necesidades de capitalización del orden de 6.500/7.000 millones de euros. La mayor parte de los recursos se obtendrán con la conversión de las participaciones preferentes y subordinadas en poder de su clientela que en estos momentos superan los 5.000 millones de euros. Para los propietarios de estas preferentes será la oportunidad de convertir en liquidez unas participaciones que, en buena parte de los casos, se les vendieron como si fueran depósitos bancarios. Ahora, esta clientela de perfil conservador recibirá acciones de un valor cuyas cotizaciones apenas sufren cambios, pero que pertenecen al sector con mayor volatilidad en Bolsa. En cualquier caso, existen algunas preferentes de Bancaja que están cotizando al 30 por ciento de su valor y la posibilidad de tal conversión es buena salida. Como dice un fino analista financiero: “Se va a tapar un pecado con otro pecado”. Es lo que han hecho la mayoría de las entidades financieras que en plena crisis se dedicaron a comercializar participaciones preferentes mientras el Banco de España miraba para otro lado, probablemente convencido de que si no captaban el dinero con preferentes tendrían que pedirlo, finalmente, al Estado. Además, Bankia podrá utilizar los 1.100 millones de reservas genéricas que todavía le quedan, a lo que añadirá los resultados que obtenga este año (claramente por debajo de los 295 millones de euros netos obtenidos en el pasado ejercicio), más lo que pueda conseguir con la venta de los activos que todavía tiene en cartera. Según los expertos consultados, la conversión de preferentes y subordinada sólo podrá hacerla a través de una ampliación de capital a la que acudiría sólo el BFA, su banco matriz, que le aportaría el dinero de aquellos productos a cambio de la emisión de acciones. Teniendo en cuenta el valor actual en Bolsa de Bankia (alrededor de 6.000 millones de euros), esta ampliación de capital supondría una importante dilución para los actuales accionistas, más de 350.000 en la actualidad. El mismo valor bursátil tendrá ahora en torno a un 80 por ciento más de acciones. La operación sería un éxito si, tras la ampliación y capitalización de la compañía, se produce una mayor demanda de títulos de Bankia y, efectivamente, los compradores se sienten atraídos por su mayor saneamiento. Lo que está descartado es la posibilidad de que Bankia asuma la integración de alguna otra entidad como Unnim. Las recientes declaraciones del presidente de la entidad sólo pretenden transmitir el mensaje de que Bankia se encuentra en tal situación de solvencia que podría hacerse cargo de un banco en crisis. “Si se lo regalan y les dan ayudas semejantes a las que dieron para la colocación de la CAM”, cualquiera puede hacerlo”. Pero, es claro que las condiciones de la CAM no pueden repetirse y Bankia tiene suficiente con salir airosa de este último reto.
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Chumeti 24/01/12 08:40
Ha respondido al tema ¿Depósito Caja Madrid y Bancaja 5%?
vaya ambiguedad los de bankia, en la cancelacion anticipada... como se interprea lo que dice el rankiano pertus? autorizacion por querer cancelar la IPF? cada uno con su dinero hace lo que quiere. y la penalizacion se le comunica al cliente en el momento de solicitarla, no tendraque tener el cliente claro con transparencia segun BDE, lo que implica su cancelacion? ufff terrible estos de bankia
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Chumeti 10/01/12 20:44
Ha respondido al tema Uno-e campaña nomina
Jopeta valen las transfencias tipo NOMINA, desde popular-e, para la promocion de uno-e, alguien ha tenido problema. un sl2
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