Mira Riteck,con 18 ya no forman parte de la unidad familiar,como mucho podrán ser deducibles en las declaraciones de los padreshttps://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://gestoriabarcelona.cat/hijos-mayores-de-18-anos/%23:~:text%3DMayores%2520de%252018%2520a%25C3%25B1os%252C%2520pero,declaraci%25C3%25B3n%2520de%2520los%2520progenitores%2520contribuyentes.&ved=2ahUKEwiDw4Co17GJAxWYxQIHHZteCi4QFnoECBEQBQ&usg=AOvVaw3ppSeSmDFIGs-eU78yQ7xA
Descendientes si,pero no hacer conjunta con los padres Riteck.Mira mi tío tiene un hijo de 23 que ha ganado 4800 y le han retenido 58 euros.Les dije que el hijo no la hiciera para que el padre se aplicase la deducción por hijo por lo que le bajo la base imponible al padre hasta pagar 300 y pico menos.Pero conjunta mi tío y mi primo no la pueden hacer.
Si,yo lo he visto algo raro,pero por ejemplo uno cobra 500 y pico en el certificado y ha cobrado casi 200 menos...es cierto que el sabe que este año le ha bajado..el año pasado no lo sé,me lo dijeron hoy,luego les hablaré y les preguntaré más detalles.
Riteckg pero es lo que te digo,al cumplir 18 solo tienes dos opciones o hacerla individual o no hacerla para que tus padres se deduzcan por hijo.Los perceptores del imv ni esa opción tienen pues si el hijo mayor de 18 la hace individual todos deben hacerla así.Muchas gente confunde " ah yo he hecho la renta con mi hijo de 23 años porque gana poco" y no es así,la hacen los padres y se deducen por dicho hijo,pero no existe la declaración conjunta entre unos padres unos hijos menores de 18 y uno mayor de 18
Riteckg yo te cuento que en casos particulares que conozco están diciendo que le están descontado sobre lo que les aparece en su certificado .Sin recibir carta de cobros indebidos sino que los están descontando directamente,tres personas me lo han comentado.Que sea cierto o errores de ellos ( las personas que me lo han dicho) eso ya no lo sé.Lo digo por si a alguien más le está pasando que lo comenté por aquí a ver si es cierto o no.
Riteckg con 18 la tienen que hacer individual por obligación.Y si un miembro la hace individual obliga al resto de unidad de convivencia a hacerla individual.En los casos de personas no perceptoras de imv los descendientes mayores de 18 y menores de 25 pueden renunciar a hacer su declaración para que los padres se puedan deducir por hijo,pero aún en ese caso ese hijo no podría hacerla conjunta con los padres,simplemente lo dicho antes,que los padres se podrían deducir por el.
Si,una vez que no cobres imv,entre enero y abril de 2025 hay que hacer la declaración de ingresos del año anterior y las previsiones de 2025.En el año 2025 si ya no cobras imv pones ingresos previstos para 2025 la cantidad cero ( las cuantías de pnc no se ponen) y ya actualizan a 540 más o menos.Suerte.
Si,te irán mandando cartas,pero ya te digo,lo único menos malo es que hasta 2026 - 2027 no deberás pagarla y seguramente mucho antes ya te hayan concedido de nuevo el imv y ya puedas hacer frente al pago.Muchas suerte