Codigolyoko06/06/24 14:16Buenas tardes, creo que conocéis bien mi caso, es que tengo una duda, yo tengo extinguido el ingreso mínimo vital desde septiembre del año pasado porque mi hija empezó a trabajar y la paré para no generar cobros indebidos, mi hija en enero de este año se marchó a otra ciudad a trabajar, presgunté en la seguridad social si podría solicitar el imv, de 10 personas , 8 me dijeron que si y 2 que no, porque era una salida y no una entrada en la unidad familiar, la solicité en febrero y me vino a la semana, ( tuve mucha suerte), denegada, acertaron los 2 que me dijeron que no, tenia que esperar 6 meses de nueva unidad de convivencia, entonces solicité la renta mínima de inserción de la Junta de Andalucia, hay que tener denegado el imv, lo tenía, me la han aprobado un año, son 300,05€ porque descuentan el subsidio de 52 años que cobro, son las mismas cuantías que el imv, ahí va mi gran duda, si solicito en julio que ya cumplimos los seis meses de convivencia, cuando crucen datos a final del año que viene me descuentan del imv la renta mínima de inserción?, ya que he leido en el BOE que están exentas, no computan, diferente sería, creo yo que cobrara las dos a la vez, pero claro al mirar los ingresos de 2024 que estoy cobrando la renta mínima y me aprueban el imv desde agosto,( carácter retroactivo), aunque lo aprueben en marzo de 2025, consta que desde agosto de este año estoy cobrando las dos cosas fictisiamente no?, entonces tendría que devolver la renta desd agosto a diciembre de 2024 no?, no se si me explicado bien, perdona el tocho, uste que cree?, yo creo que es así o que me recomienda que haga, muchísimas gracias por la atención, saludos.