Yo tampoco veo el problema. En el reparto de la herencia, se pone el importe del certificado de saldo en cuenta a fecha de fallecimiento y lo que le corresponde a cada heredero.Luego les puede dar el dinero que corresponda a cada heredero en efectivo (con un recibo) o ingresarlo en sus cuentas.Teniendo la escritura de la herencia y el impuesto de sucesiones presentado, no tiene por qué ponerle pegas nadie...Yo no volvería a ingresar el dinero en la cuenta del fallecido.
Hablando de esas cantidades tan bajas y sabiendo que todos lo herederos estáis de acuerdo:Si todavía no está la cuenta bloqueada, yo transferiría todo fuera y la dejaría a cero. Luego iría a la oficina a cerrarla. Fin del problema.