En teoría, el criterio FIFO es independiente del broker.En tu ejemplo vendes 10 del broker A y 5 del broker B.Digo "en teoría" porque en estos hilos hay gente que comenta que no lo hacen así y no pasa nada, pero yo no me arriesgaría a discutir con Hacienda sin tener claramente razón.
No, los derechos comprados en el mercado se convierten en acciones igual que los recibidos por tener acciones.Supongo que dependiendo del broker puede haber diferencias en la operativa sobre derechos.Por ejemplo ING avisa que los derechos comprados en el mercado no se pueden vender, supongo que porque ellos ganan poco (no tienen la comisión mínima de 8 €), aunque tampoco estoy seguro de que siempre sea así.Sobre las retenciones, ING si las practica. No sé que harán otros broker extranjeros (ING opera a través de Renta 4).
@Martinz ,no he conseguido abrir el enlace de tu mensaje, pero quiero comentar para @Alconer que la venta de derechos se declara como la venta de acciones, no como dividendo, y tiene retención fiscal siempre que sean derechos adquiridos por tener acciones, no así cuando se produce por la compra/venta de derechos.
Yo creo que no es solo un efecto de capitalidad, también ha pasado en La Rioja y Cantabria con Euskadi. Pasa también en el corredor del Henares en Madrid, donde la industria y la urbanización se va a Gualajara (Castilla la Mancha).
Yo creo que sí el 31 de diciembre has vendido todas las acciones y hasta el 1 de marzo de 2021 no vuelves a comprar.acciones de la misma empresa, puedes compensar todo.Espera otra opinión de alguien que entienda más que yo.
Yo creo que si vendes todos los derechos no incumples la regla de los dos meses, pero si coges acciones es mejor ser escrupuloso con las que pertenecen a cada bloque.Además si compras o vendes derechos para redondear hay que tener más cuidado.Como siempre lo mejor es una tabla Excel y tener todo bien documentado.
Me refiero a que te asegures que con el script no vendas algún pico que pudiera corresponder al bloque B.Yo, si voy a coger el dinero, en cuanto veo que el derecho sube lo suficiente para cubrir las comisiones, lo vendo al mercado.Tienes el dinero antes y además puedes compensar al 100%, y con el dividendo solo al 25%.
Yo creo que las acciones del bloque A las puedes vender respetando la regla de los dos meses.En cuanto a lo del script, tendrías que hacer bien las cuentas, porque lo normal es que no te cuadren acciones enteras en cada bloque.Una opción es dejar alguna acción del bloque A sin vender, la otra vender los derechos al mercado.
A mí me lo pidieron hace un par de años, incluido el contrato, y fue una carrera contrarreloj, escanear documentos, ir al banco a por recibos de dos años atrás, etc.Si lo tienes todo en PDF, lo subes en 5 minutos.