Yo pienso que no es necesario que participe un profesional, que alguien tendrá que pagar.El contrato seguirá a nombre del arrendatario, pague quien pague, pero creo que el responsable de que ese pago se realice seguirá siendo el arrendatario.También influye en este asunto la relación que se tenga con el arrendatario y las condiciones del alquiler.No soy un entendido en la materia, pero hace años que gestiono un alquiler y hablando y reflejándolo en el contrato, nunca he tenido problemas con el inquilino.
Yo al menos, haría un anexo al contrato, firmado por el inquilino, explicando la situación.Hace unos años, tenía un piso alquilado a dos personas reflejadas en el contrato, se separaron y una se quedó y la otra se fue, lo arreglamos con un anexo al contrato y nunca hemos tenido problemas.
He seguido mirando, ya por curiosidad, y la perdida pendiente de 2019 que salía en la casilla 1270, apareció en la siguiente declaración en 2020, en la casilla 442
Acabo de ver que en la declaración de 2019 las pérdidas pendientes de compensar venían reflejadas en la casilla 1270 y como digo, creo que dicha casilla aparecía en el anexo C2.De todas formas es muy probable que el número de casilla o anexo haya cambiado, aunque es fácil de localizar por los enunciados.
Todos los cálculos los hace directamente rentaweb.Los rendimientos (dividendos e intereses), en bruto.Tenías pendientes 2500€.En primer lugar con las ganancias, 1000€.Después con los rendimientos 200€ (25% de 500 y 300)Te quedarán 1300€ a compensar en los TRES años siguientes.Vendrán reflejados en la casilla correspondiente.Hace unos años, en una que hice, creo recordar que era en el anexo C2 , casilla 1340.Luego miro a ver si lo encuentro.
Si tienes ganancias tributas por ellas, si también tienes pérdidas las restas de las ganancias (las compensas).Si compensas 500€ no te devuelven 500€ más, sino lo que tributarias por esos 500€.Cuando hablas de vender el año que viene por valor de 1000€, no dices si es con pérdidas o ganancias, hablando de asuntos fiscales hay que ser muy concreto.
Aprovecho el hilo para repetir una petición que hizo un compañero hace tiempo y es la creación de un foro específico de ayudas, subvenciones, IMVs y cosas así que llenan el foro de fiscalidad cuando normalmente no tienen nada que ver y dificultan en acceso a los mensajes que si tratan estos temas.A ver si algún administrador puede hacer algo al respecto.
Cuando dices que es como un fondo, pero es un seguro no sé bien a que te refieres, pero si se considera un fondo:Tienes 4000 de pérdidas y 1000 de ganancias que se compensan. Quedan 3000.Tienes 2000 (1200+800) de rendimientos, de los que compensan 500 (25%), quedan 2500 para compensar en los próximos 4 años.Todos los cálculos los hace directamente rentaweb. La cantidad pendiente de compensar te aparecerá en el anexo C2, casilla ¿13xx?, esto último lo digo de memoria y puede variar el anexo y la casilla.
Ante todo, ten todo bien documentado, a ser posible en PDF.Al hacer la declaración no hace falta adjuntar ningún documento, pero si te piden explicaciones, los plazos son breves y con los documentos en PDF los mandas en 5 minutos.
Si las vendes todas el mismo año fiscal, no te compliques. Tienes X acciones que te costaron Y, y las vendes por Z.La diferencia es lo que ganaste ó perdiste.Si todo lo tienes bien documentado (mejor en PDF) y la agencia Tributaria te pide cuentas, en 5 minutos se lo envías.