Están tardando, si son embargos indebidos por tema del salario mínimo cuya normativa nueva dejaba claro hasta donde podían embargar, deben devolverlo o requerirle al demandante su devolución, habría que ver si es por ese tema y que tipo embargo ha sido, si en la pensión, ? Nómina o cuenta.
pues muy sencillo, a la dictadura bancaria no le interesa, porque así los meses que hay pensión extra , sobre todo en los que cobramos menos del salario mínimo, las juntan y pueden embargar el porcentaje correspondiente al segundo salario mínimo el 30%, cosa que si fueran prorrateadas no podrían hacer. Debería el pensionista tener esa opcion de poder prorratear, hay quien nos interesa y propongo unirnos a los que nos interese y dar caña sobre esto.
En eso andamos algunos sobre todo a los que nos embargan en junio y noviembre porque sobrepasamos el salario mínimo, cosa que no ocurriría si solo fueran 12 pagas. Los juzgados se saltan la ley siempre con los que menos ganamos
Hola, cotizé desde los 17 hasta los 50 que me fui de la empresa, 43 años cotizados, una base alta en cada epoca claro..luego dificil encontrar trabajos con buena cotizacion y menos mal que tuve el subsidio de mayores de 52, que cotizaba, de ahi que puede jubilarme a los 61 porque me quedaba mas pension que el subsidio que cobraba, no llegaba a 700 euros, pero era lo que habia, tampoco puede aumentar pase de cotizacion con el subsidio que podia haber hecho un complemento de la pensión de acuerdo con la seg.social, se unen muchas circunstancias, pero tampoco veo justo haber tenido cotizaciones por 1800 euros y por circunstancias adversas en los ultimos 15 años quedarme casi en la mínima. Muchos han cotizado bastantes menos años y en los ultimos han tenido la posibilidad de cotizar alto y les ha quedado mejor pensión. Las incongruencias del sistema.