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Participaciones del usuario euroramon - Subsidios

euroramon 26/12/24 15:38
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Efectivamente si se pierde el derecho a recibir la prestación de desempleo, por haber pasado los 6 años, podría trabajar por lo menos 90 días y si causar baja del trabajo por despido no voluntario, podría acceder directamente al subsidio para mayores de 52 años, si se cumplen los demás requisitos.
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euroramon 26/12/24 15:19
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Se puede acceder directamente a cobrar el subsidio para mayores de 52 años, si se tiene derecho a recibir un subsidio, sin tener derecho a la prestación de desempleo, por falta de días de cotización y se cumplen los demás requisitos para cobrar el subsidio de mayores de 52 años.
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euroramon 25/12/24 23:00
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si la persona desempleada ha agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo, además de tener los 15 años cotizados, dos de ellos de dentro de los últimos 15 años y haber cotizado al desempleo al menos 6 años en su vida laboral y ha ido sellado el Dardo desde el agotamiento del subsidio, si podría pedirlo.
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euroramon 20/12/24 20:17
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No estaría tan seguro de que no tendrá consecuencias por no hacerla, los que no tengan obligación de hacerla según las normas fiscales.También podrían suspender el subsidio hasta que no se haga.
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euroramon 20/12/24 20:02
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No tiene sentido que se tenga que hacer llegar al SEPE, copia de la declaración de renta cuando ellos mismos pueden acceder a la misma en cualquier momento, una vez terminado el plazo de presentación, pero todo puede ser, para ahorrarse el trabajo de consultarla.
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euroramon 20/12/24 14:54
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En concreto se ha añadido un párrafo al artículo 299 de la Ley general de la seguridad social en el que se afirma que los trabajadores solicitantes y beneficiarios de prestaciones estarán obligados a presentar anualmente la declaración de la renta, Real decreto ley 2/2024 del 21 de mayo, con entrada en vigor el 1 de noviembre, por lo que afectará a la próxima campaña de la renta del 2025, en la que se liquidara el IRPF del año 2024.
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