Bondia, puedes tener razón, de echo yo mismo algunos seguros los tengo a traves de internet ( coches, moto y casa ) y los personales a traves de mediador, pero por desgracia hay que reconocer que hay más mediadores cazacomisiones que verdaderos asesores. y la red cada dia nos ofrece mas oportunidades, al igual que pasa con en negocio bancario.
saludos.
OBLIGATORIO NO ES, pero contestate tu misma a unas sencillas preguntas:
Si te entran a robar, mucho o poco, incluido los daños que te ocasionan, ¿tienes un fondo economico para reponer lo robado ?.
Si sufres un Incendio en tu local ( de mucho o poco importe ) ¿ tienes un fondo economico para reponer lo incendiado ) y ademas responder ante los vecinos de los daños causados por tu incendio ?.
Si una persona dentro de tu local cae,tropieza etc. se rompe unas gafas, nariz,pierna, brazo etc. ¿ tienes un fondo economico para responder ?.
Si el establecimiento es de hosteleria o alimentacion, si alguna persona sufre
por ingestion de alimentos en mal estado (cosa probable dentro de la hosteleria)no en una merceria, ¿tienes un fondo economico para responder a las reclamaciones.?
muy importante ten en cuenta que un robo, Incendio o reclamación, etc, igual puede de de 200 eurillos, que 300.000 según su importancia.
en fin tu misma contestate y actua en consecuencia, ten en cuenta que es mejor invertir en proteccion que no luego llorar e hipotecarnos de por vida por ahorrarnos unos eurillos.
saludos, i molta sort en el negoci
Hola, vamos a ver, yo tengo varios seguros por internet y ningun problem. incluso he tenido algun siniestro y me han atendido estupendamente, lo contratas y a los pocos dias te cargan el recibo en el bco. y recibes por correo la póliza, en cuanto a porque son más baratos, el vehiculos un mediador cobra entre un 5 y un 9% de comisión, en hogar entre un 15 y un 25%, en Vida segùn el tipo entre un 10 y un 30%, y asi todos los ramos, tu mismo, aun siendo mas baratos y dando alguna cobertura más, ganan más dinero que a traves de mediadores.
saludos
Bondia, mira si te puedes enterar que tipo de Contrato con la compañia
tiene el comercial que te proporciono la carta, si este tiene un contrato mercantil como agente exclusivo, o es empleado laboral, sus escritos son vinculantes para la compañia ya que es su representante legal ante ti,
en cuanto a cual es mejor, no se, simplemente tienes que estar muy bien asesorada y de entrada como con los bancos, desconfia de todas las compañias
estoy seguro que no hay realmente ninguna buena...... pero las necesitamos.
saludos
Buenos dias, bupitin7, en primer lugar te acompaño en el sentimiento,
Luego mira en la poliza los dias que tienes para comunicarlo desde el fallecimiento,y tienes que adjuntar, Certº de defunción y DNI del asegurado(tu padre); certificado médico, certificado registro ultmas voluntades, póliza y último recibo de pago, documento acreditativo de tu condición de beneficiario(DNI y NIF ) tuyo o de tu madre, convendria que miraras en póliza quien es el beneficiario.normalmente las cias. para no pillarse los dedos dicen que te pagan dentro de los 40 días siguientes a la comunicación. casi todas si os hace falta y llevais toda la documentación os pueden hacer un pequeño adelanto para esos primeros gastos iniciales.
Hay que presentar la declaracion del impuesto sobre sucesiones, y tienes varias deducciones en funcion de si el/los beneficiarios es conyuge, hijos, menores o mayores de 21 años. independientemente de la deducción general por beneficiario de 9195,49 €
espero haberte aclarado algo,
suerte
El PPa es muy similar a los pp. diferencias unicas, que tiene un pequeño capital de riesgo. es el producto ideal para aquellas personas que tienen aversion al riesgo, o estan a 10 o 15 años de la jubilación y no quieren exponer el capital consolidado, de hecho los mios te ofrecen un interes tecnico anual garantizado del 4,72% durante los proximos 5 años, creo que esta
bastante bien
Yo te aconsejo los nuevos PIAS (asegurado) puedes contratarlo hasta tu fecha de jubilación, con una prima periodica de 200 € mensuales, puedes hacer las aportaciones extraordinarias que quieras, y si al final lo sacas como renta vitalicia ( con un minimo de permanencia de 10 años) tienes importantes beneficios fiscales. por contra si lo quieres en forma de capital las plusvalias estan sometidas al 18%, y una ultima ventaja liquidez total posibilidad de rescate total o parcial a partir del segundo año.
por último mirar en diversas compañias de seguros la oferta,
donde yo trabajo estamos dando garantizado para este semestre en curso el 5%, resto el euribos semestral.
saludos