http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/3114726-cnmv-quiere-limitar-comsion-traspaso-valores
Espera si puedes a Septiembre, que van a establecer unas tarifas máximas para los traspasos de acciones, a ver si te beneficia algo.
S2.
Aporto información:
Renta 4 los valores nacionales, los tiene depositados en Iberclear. Solo utiliza cuentas globales para los valores extranjeros.
https://www.r4.com/download/pdf/mifid/mifid_proteccion.pdf
Ing para los valores nacionales, tiene una cuenta global en Renta 4, a nombre de los dos (Renta 4+Ing), y para los extranjeros, tiene una cuenta global en Citibank, a nombre de Renta 4.
Estos datos vienen bien claros en el último mail con las condiciones del contrato del broker que me envió Ing, y luego ya te explica los riesgos de depositar acciones en cuentas globales, que son para echarse a correr..
Dicho lo cual, y para valores nacionales, si quiebra Ing o Renta 4, las acciones deberían de estar a buen recaudo en Iberclear.
Y si Renta 4 hubiese descuidado las acciones, no veo al Fogain salvándole los muebles a Ing, que sería el titular de las mismas en la cuenta compartida, no nosotros.
S2.
Lo que dice Berebere es lo que sucedería si el cuidador de las acciones las "descuida", y cuando vas a buscarlas no hay acciones, sino sólo apuntes.
Los fondos nadie los descuido-robo, estaban es su sitio, y se podían enviar a otro broker.
El tema es que no hubiese nada que enviar a otro broker, que solo hubiese apuntes, entonces intervendría el Fogain o equivalente que le toque.
S2.
Yo tengo el panda y va bien, no molesta nada.
Recomendable también un cortafuegos, Comodo en mi caso, y un par de antipywares (puedes alternarlos para analizar el pc, una semana uno, otra el otro).
Pd: eso sería lo ideal.
S2.
Si normalmente se venden los que sobran. Si te los venden todos, es porque no llegaban para una acción, porque tú se lo ordenaste, o pudo haber un error del broker.
La venta de derechos tienes que declararla cuando vendas las acciones, no antes, restando el importe de los mismos al importe de compra de las acciones.
Para el año esto creo que cambia, y si vendes toca declararlos.
S2.
Son trámites por los que pasan los derechos para convertirse en acciones.
Este cambio de derechos a acciones por sí mismo, no exige nada en Hacienda.
S2.
"ENTIENDO QUE DEBERÍA SALIR A LAS 17:00HORAS DEL DÍA SIGUIENTE"
Lo que indica la hora de salida del dinero del fondo de origen, es la fecha de contratación del reembolso (D, D+1..)
Lo que indica FC+0, FC+1.., son los días de liquidación del reembolso, o sea, el tiempo que tarda el dinero en llegar a destino.
En ese monetario el dinero sale en D (en el día, si lo ordenas antes de las 17 horas), y llega a destino en FC+1 (al día siguiente).
Creo que me repito, pero no veo cómo explicártelo mejor.
S2.