No se si yo algún dia caeré en alguna cosa de estas , pero es que parece tan evidente que es un asunto raro de cojones ,que no me explico que alguno intente timar a otro de manera tan descarada y burda.
Te das de alta en el convenio especial en el mismo regimen que estabas encuadrado.Si estabas en el regimen general, seguirás en el mismo regimen general, si estabas en autonomos , seguirás en autonomos,.En concreto en autonomos tienes las mismas limitaciones de subida y bajada base de cotización ,que el resto de autonomos por motivos de edad y tiempo cotizado.
Yo estoy en convenio especial desde algo mas de un año.Tenia un negocio que vendí en diciembre del 19 , es decir era autonomo y me di de alta en el convenio especial en el mismo régimen de autonomos con la misma base en la que estaba previamente.El proceso es muy sencillo y rápido de hacer en la oficina de la seguridad social.La cuota resultante es un poco menor , ya que no cotizas para bajas laborales ni para cese de actividad ( paro).Hay que hacerlo antes de 90 dias de la baja anterior. Lo hice el alta justo después de la baja.
Para acogerse a un convenio especial de la seguridad social en ningún momento te preguntan cual es la causa de la baja , no importa si es por despido o por baja voluntaria.http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10554/4211#4213aqui viene todo explicado perfectamente , los plazos , la forma de solicitarlo....