No es por servicio de consultoría es por cambiar de titular lo que tiene el fallecido al heredero/a. En oficina te obligan a firmar el documento y te dicen que por Internet también tienes que hacer lo mismo y lo cobran. En la Caixa no cobraron nada. Yo les dije que no hay que pagar en testamentaria y dijeron que eso lo pide el banco y que no depende de ellos. No se a quien hay que preguntar del banco de España porque des de conducta de entidades dicen que no son ellos y no veo cómo hacerlo porque lo me queda claro.
Pues en oficina te obligan a firmar el documento y te dicen que por Internet también tienes que hacer lo mismo y lo cobran. En la Caixa no cobraron nada. Yo les dije que no hay que pagar en testamentaria y dijeron que eso lo pide el banco y que no depende de ellos
En la guia de ayuda hay un apartado que dice lo siguiente: Lo copio del primer mensaje que puse . Lo que no se es si es legal o no cobrar esto que hacen firmar. "Es importante que conozcas lo siguiente :* El coste del cambio de titularidad de todas las posiciones del fallecido es de 65 €, según tarifa vigente de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes publicados por BBVA. *Este coste no se repercutirá en el caso de que el importe o valor del conjunto de las posiciones del fallecido sea inferior a 150 €. En el caso de que fuera necesario realizar transferencias ordinarias a cuentas de otra entidad, te informamos que éstas, tendrán una comisión por operación del 0,40% con un mínimo de 6,00 €. "
Si por eso no han cobrado cobran los 65 euros por el cambio de titularidad pero no se si es legal o no porque en el banco de españa dice que tiene que ser gratis la disponibilidad de los fondos pero no me queda claro si el cambio de titularidad de acciones y fondos de pensión es gratuito. En la caixa de momento no sabemos si van a cobrar por ese cambio de titularidad.
Tenemos testamento pero la notaría está tardando mucho en darnos hora para la declaración de herederos y este mes ya será el quinto mes o sea que tendremos que llamar a la gestoría para que nos diga como está o a ver si tenemos que firmar para pedir la prórroga porque no se si eso tarda mucho o no y supongo que tendremos que firmar la solicitud de prórroga.
Pues tendremos que mirarlo , no se cada cuanto los dan , ya lo miraremos, nos hicieron en el banco todo lo que tenía a fecha del fallecimiento. Lo piden en la notaría pero supongo que nos irá bien para la renta. O quizás tendremos que ir para que nos den todo lo que tenía para el IRPF hasta la fecha del fallecimiento.Quizas puedo enviar un correo al gestor del banco para preguntarlo, para que nos lo envíen
PEro los dividendos bancarios son en parte del fallecido hasta el dia que falleció supongo . No se muy bien como funciona, si eso se lleva a hacienda lo hacen ellos? Es decir se tendría que llevar lo que nos dió el banco sobre lo que tenia en la cuenta bancaria a fecha de fallecimiento no?¿Como funciona esto de los dividendos? Cuando hayan dado dividendos si ya está fallecido se los tiene que poner la persona heredaera por lo que comentas, so el banco lo debería poner en algun extracto para saberlo si ya se les comunico el fallecimiento no?
Gracias, en principio siempre les iba mejor hacerlo de manera individual. Habrá que ver si por la web es sencillo o mejor ir a hacienda con todos los papeles y que lo hagan alli. Supongo que si aparece lo del banco y las pensiones se podría .
Gracias y lo del banco no afecta a la renta? porque era de ambos conyuges y al morir pues no se como afecta eso, quizás alñ poner el fallecimiento. Miraremos si se puede ver esto del dni la referencia pero yo pensaba que luego pedía la clave pin es que no me acuerdo como la o del borrador creo que yo lo hacia con clave pin.