En octubre de 2022 deje de recibir el IMV. Hace una semana recibí notificación de la SS por cobros indebidos durante 2022: 800 €uros. Durante 2023 debí recibir del IMV 800 €uros.Dentro de dos semanas la SS me reclamará los 800 €uros de 2022, pero ¿podrá renunciar la SS a ese cobro en compensación de los 800 €uros que me debe de 2023?¿Es aplicable, en caso contrario, salvar la deuda por la Ley de Segunda Oportunidad?
Hola de nuevo.Vengo a decir que si el contrato especificaba que tendría una duración de 78 horas a ejecutar en 2 años, ¿se dará por extinguido cuando haya trabajado las 78 horas?.