Es una perdida patrimonial 1 año o más, apartado G3, casillas 295,296,297.
295 OBL Telefonica
296 Desplegadble interno, Adquisicion por 3600 + gastos del banco, Transmision: por 1800 - gastos. Opción 1 Valores cotizables, subopción perdidas.
Si queda a compensar para ejercicios futuros, lo verás en la casilla 368 o 360 (la 360 hay que apuntarsela, son pérdidas pendientes de compensar para siguientes ejercicios (2014,2015,2016,2017 estos 4 unicamente).
Una cosa son cuentras corrientes en el extranjero y otra de inversiones (formulario D6):
http://www.comercio.mityc.es/es-ES/inversiones-exteriores/declaracion-inversiones-exteriores/PDF/D-6R05Instrucciones.pdf
El problema es que pasara durante el tiempo de la hipoteca con los tipos de interes, si los tipos de intereses suben mucho tendremos:
- El precio del bono habrá bajado en mercado secundario
- La hipoteca les empezará a ir más cuesta arriba.
Para esto es preferible en vez de bonos del tesoro ir a preferentes perpetuas con rendimiento variable referido al euribor:
- Aqui si suben los tipos de interes, el cupon del las preferentes también aumenta.
- Como contrapartida la venta de unos preferentes puede ser muy muy complicado en mercado secundario según cual sea.
De todas formas no me parece mal encaminado el planteamiento, ya que de hecho es más o menos la idea que llevo yo para cuando me compre piso, de tal forma que los rendimientos financieros sean superiores a los de la hipoteca.
REalmente son 600€ al trimestre, que es como lo comprueba el sistema.
Es decir:
E-F-M 600 €
A-M-J 600 €
J-A-S 600 €
O-N-D 600 €
Pregunta en tu oficina de R4 si así les sirve, yo como empece en Mayo con 200 € al mes me faltaba abril y me cobrarón la comisión, pero luego hablando con ellos me comentaron que el sistema informático lo hace por trimestres pero que retrocedian la comisión ya que cumplia los 200€ mensuales.
No te las pueden garantizar al 100% por que las cajas tienen prohibido por ley tener autocartera, es decir no pueden tener titulos de si mismas, en todo caso pueden amortizarlas es decir devolver el dinero y terminar la operación, y eso se hace para un % de las obligaciones o para todas, no para el cliente X de la oficina Z en exclusiva.
Y para garantizarte el 100% mientras se la venden a otro las tendria que tener la caja en propiedad, y como digo es imposible por ley de cajas de ahorro.
A mi esto ya me paso en Ibercaja y te puedo decir que estan mientiendo, porque me informe en su momento de esto.