Jogolo117
27/02/25 14:12
Ha respondido al tema Efectos fiscales de la IPT,grado de discapacidad - Incapacidad Permanente Total
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Sobre lo que comentas, podrías indicarme que si el caso de mi esposo, que dispone de una IP parcial según sentencia judicial, el efecto fiscal puede aplicárselo.En la sentencia entre otras cosas dice:"Se entenderá por incapacidad permanente parcial para la profesión habitual la que, sin alcanzar el grado de total, ocasione al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas habituales de la misma; en consecuencia procede la declaración de la invalidez permanente parcial cuando las lesiones residuales dificulte el rendimiento en su profesión habitual, con una disminuciónno inferior al 33% , sin que por otro lado, quede impedida la realización de todas o las más importantes tareas de su profesión habitual y sin que la circunstancia eventual de que el demandante pudiera continuar trabajando en la misma profesión o percibiendo igual salario influya en la calificación jurídica de la incapacidad que, de otro modo, quedaría a merced de quienes alteraran o mantuvieran la remuneración del trabajador parcialmente incapacitado (TCT 25-6-80 y 7-2-84).También pidió el grado de discapacidad, le dieron un 33%, ahora esta a la espera de la revisión que le han hecho pero viendo que desde la modificación de las valoraciones desde 2022 son más restrictivos y suelen (por lo que he leído) baja el % del grado, es factible que a efectos fiscales pueda acogerse, si se lo reducen.Ante todo gracias