Hola lucas57:Yo lo tengo contratado desde hace aproximadamente un año y la verdad es que estoy bastante contento y ganando dinero que es lo principal. El hecho de que solo cobren cuando tu ganas dinero me parece que hace que se "esfuercen" más aunque hay que tener en cuenta que siempre puede haber otros factores que impidan que esto ocurra.Si estás interesado en invertir con ellos y quieres, te puedo dar un enlace para que ambos ganemos 50 € un año después de tu inversión y siempre y cuando inviertas más de 1000 €.
Hola de nuevo.Al final el tema de las mensualidades lo voy a incluir en el apartado de "Cantidades devengadas por terceros como consecuencia de servicios personales".Entiendo que en el caso que comentaba, encajan perfectamente pues son gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, y son comparables a los gastos de administración o vigilancia que pone como ejemplo al Agencia Tributaria.
En primer lugar y respecto a las comisiones de custodia del banco custodio, en mi caso que empecé a finales del año pasado, me cobraron dicha comisión el 7 de enero aunque eran correspondientes al útimo trimestre del 2020.Mi pregunta es si debo incorporarlas a la declaración del IRPF del 2020 o de 2021. He de decir que en los datos fiscales emitidos por el banco custodio respecto del 2020 no figuran.En segundo lugar, entiendo que lo que se paga a Indexa no se lo puede uno desgravar, ¿no?Gracias.
Gracias leopol72 por tu ayuda.Tal vez me repita pero es por enterarme mejor. En mi caso, en el 2020 pagué una mensualidad inicial, que como tu dices, iría como gasto de formalización del contrato y un porcentaje durante 8 meses más (mayo a diciembre). La suma del porcentaje de estos 8 meses iría como gastos deducibles, ¿no?, ¿en algún apartado concreto o gastos deducible sin más?En ambos casos, ¿sumaría el IVA que también he pagado?
Gracias por el aporte Alf3597.Me lo había planteado ya pero al ver tu carta entiendo que es así. Si, como en tu caso, el prestamo hipotecario fue firmado por dos personas, tenemos que presentar y firmar la reclamación los dos, ¿no?Gracias una vez más.
Hola a todos. Estoy empezando a juntar la documentación para reclamar los gastos de la hipoteca a mi banco, de momento de manera amistosa, y me falta la factura de la tasación de la vivienda que se hizo hace 18 años. ¿Sabe alguien si el banco está obligado a tener esa documentación a fecha de hoy y se la puedo solicitar para incluirla en la reclamación? Muchas gracias por anticipado.