Disculpa otra duda, que imagino no será complicada.
Referente a la venta de acciones, tengo claro que en la transmisión resto los gastos de venta y la adquisición sumo los gastos de compra, la pregunta es ¿se pueden repercutir en la transmisión los gastos de custodia, y los gastos de comisiones por modificación del precio de venta?. O esos debo de obviarlos?
Muchas gracias, nuevamente.
Gracias Bacalo por los comentarios
Yo creo ques una posicion totalmente injusta para el declarante, se tributa por un año completo, y como tal se debería de realizar el computo de ingresos y retenciones y demas, conjunto hasta el fallecmiento e individual los meses que el conyuge queda viudo/a. Eso seria lo justo.
Qué injusto!
¿es que no convivieron juntos hasta el fallecimiento?
En fin....
Entiendo que se puede presentar la indiviudal del fallecido asi como la individual dle conyuge verdad?
Gracias