He apostado por EADS y me funciona bien.
Acciona he perdido unos euros, de momento. Pero es una apuesta a largo plazo.
Sobre valores que no he invertido:
-CAF es una buena opción, pero es muy cara.
-Inditex está sobrevalorada y ha perdido fuelle.
-Iba a invertir en Solaria con vistas a largo plazo, pero me he echado para atrás tras el último informe con salvedades del auditor sobre la continuidad de la actividad.
-Técnicas Reunidas está un poco parada, esperando que baje el precio. Aunque la evolución a largo plazo es una horquilla muy estable y no invita a crecer demasiado.
Sobre valores que voy a invertir:
-Almirall y Grifols. Mi apuesta es farmacéutica a largo plazo
Si un coach ha tenido experiencia previa en el mundo empresarial no le es fácil controlarse cuando ejerce de coach.
Normalmente sucede cuando ambas posiciones se complementan (tienes una asesoría pero complementas con técnicas de coaching para dar valor añadido y diferenciación a tu trabajo).
Dirigir puede aparecer cuando el cliente se siente bloqueado y no sabe para dónde tirar. Se puede echar un cable bien a través de la "ironía socrática" o bien advirtiéndole de un hecho fraudulento y de riesgos que es mejor no corresr. Es un recurso que puede emplear un coach, pero no hay que abusar. Todo depende del contrato que se haya firmado y del propósito último al que se haya llegado.
Saludos
Saludos
Discrepo un poco con el último comentario en la función de dirigir de un "coach".
"Dirigir" es "asesorar". El coach trata de acompañar a su cliente. El coach con preguntas trata de encontrar el propósito final de ese proyecto del cliente e ir a conseguirlo.
El dinero es de su cliente y él tiene plena autonomía de lo que va a hacer con él.
Pueden haber errores en el camino, pero el aprendizaje es mucho mayor que en el de asesoría.
Eso sí, el coach financiero ha de conocer perfectamente el tema económico para hacer una buena labor. "No todo el mundo sabe llevar un bar, si nunca has ejercido de camarero (por ejemplo)"
Hola, Javi,
Cuando eres autónomo y tienes que emitir una factura, tienes que descontar un porcentaje en concepto de IRPF. Pero esto no es así siempre: si tienen un 70% de sus ingresos sujetos a retención (puede haber casos en los que una misma persona realice actividad empresarial y profesional a la vez) no están obligados a presentar liquidación trimestral. Ojo adelantan un porcentaje sobre sus ingresos brutos, no netos.
Si facturas a una empresa tienes que hacer una suma del iva y una resta del irpf.
Facturar 500 euros:
BASE IMPONIBLE = 500
+ IVA s/500
- IRPF s/500
El porcentaje de IRPF lo ingresa la empresa a tu cuenta en hacienda y en tu declaración de renta anual tendrás a tu cuenta ya pagados todos los porcentajes de IRPF que hayan ingresado los clientes.
El IRPF que debes descontar en la factura es variable. Lo normal es un 21%, pero si estás en los primeros 3 años de actividad como autónomo te puedes retener un 9 % a partir de Septiembre (hasta agosto 2012 era del 7%).