¿Para qué quieres el seguro médico? Si es para ir al médico de cabecera o poco más, te vale cualquiera. Si tienes niños, o temes un problema de urgencias, o similar, entonces mira a ver el centro médico más completo y el mejor hospital privado que haya en tu zona, y mira a ver con qué compañías trabaja.
El único siniestro que conozco con ellos fue bien en la parte de reparación y mal en la parte indemnizable.
Que yo recuerde,no tienen personal propio, trabajan con una compañía de asistencia. Habitualmente, en estas compañías se delega buena parte de la gestión, de modo que paradar parte llamas a un call centre. De lo que expliques y de lo que el personal entienda, se deduce la cobertura o no cobertura (y la formación de dicho personal es operativa, no aseguradora). Si lo marcancomo no cubierto, de modo automático sale una carta sin muchas explicaciones, con un texto estándar.
Como la queja es respecto a la falta de explicaciones, lo que recomiendo es pedir esas explicaciones a la compañía, antes de meterse en procesos costosos. Si la compañía se niega a contestar o si no se llega a un acuerdo, probar las otras vías.
Pero la vía del defensor del asegurado / DGS es gratuita.
Otra cosa: el problema es que la compañía simplmente ha dicho que no lo cubre, sin explicaciones, pero tampoco se ha negado a darlas (suelen ser cartas automáticas, estándar). Antes de acudir a un juzgado, sería conveniente exigir por la vía del defensor del asegurado los motivos de la no cobertura, porque se corre el riesgo de acudir al juzgado y que el juez estime que no hay caso al oir las alegaciones de la compañía, e impone las costas a la parte demandante.
¿Puedes decirnos cuál es la compañía?
Puedes leerlo en cualquiera de éstas:
http://es.noticias.yahoo.com/ep/20080220/ttr-eximen-a-una-aseguradora-del-pago-de-c2ebf40_1.html
http://www.eldiariomontanes.es/20080220/local/cantabria-general/eximen-aseguradora-porque-conductor-200802201811.html
http://motor.terra.es/ultimas-noticias-actualidad/articulo/si_conduces_borracho_seguro_no_40660.htm
Efectivamente, hay jurisprudencia que exige la firma de cada una de las cláusulas limitativas, lo que hace tremendamente engorrosa la solicitud del seguro. Pero también hay otra corriente según la cual la solicitud (o las condiciones particulares) constituyen un conjunto único, y únicamente necesitas que´se firme cada página.
Pero no es por esto por lo que la Audiencia revoca la sentencia, sino por el alto grado de alcoholemia del fallecido. Efectivamente, esto hace que el acto sea doloso, ilegal (está prohibido conducir con esa tasa de alcoholemia) y el interés asegurable está "tarado", puesto que no sólo no ha puesto los medios para reducir la contingencia sino que la ha agravado.
La única que conozco yo aplica un recargo, no un descuento. Lo que pasa es que los capitales asegurados (especialmente contenido) son más bajos de partida, y por tanto las primas también. Una cosa juega a favor y otra en contra.
SOS Seguros y Reaseguros comercializa este tipo de seguro. En Banesto con la contratación de la Cuenta Tarifa Plana Welcome te lo regalan (bueno, como todo, te lo cobrarán en las comisiones).