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Participaciones del usuario Marina Pomares - Empresas

Marina Pomares 08/07/15 13:04
Ha respondido al tema Car allowance
Hola edurank,  ¡Así es! Es distinto el car allowance al coche de empresa. El coche de empresa, como su nombre indica, te lo facilita la empresa y es ella quien incurre en sus gastos. Sin embargo, el car allowance significa que usas tu propio coche y la empresa te paga por kilometraje, normalmente. En cuanto a qué es más beneficioso, dependerá de cuánto te paguen en concepto de car allowance ya que debes tener presente los impuestos que pagas por el coche, las reparaciones que necesitarás al incrementarse su uso, la depreciación que sufrirá tu vehículo... Por lo que tengo entendido, Hacienda los llama gastos de locomoción y está exenta de tributar por IRPF la cantidad que resulte de multiplicar 0,19€ por el número de kilómetros recorridos más los gastos de peaje y aparcamiento. Añade como requisito que todas estas cantidades puedan justificarse. 
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Marina Pomares 06/07/15 11:44
Ha respondido al tema Régimen matrimonial que conviene a los autónomos
Hola pescadilla,  En el régimen de participación en ganancias no participas en las pérdidas. En cuanto a este régimen, debes saber que la gestión y disposición de los patrimonios de cada uno de los cónyuges funciona igual que en el de separación de bienes. Sin embargo, será en el momento de la disolución del régimen cuando se pondrá de manifiesto la compensaciópn de las ganancias por la cual tú participarías del 25% de las ganancias de tu cónyuge y tu cónyuge del tuyo.  Creo que cualquiera de los dos regímenes es interesante para un autónomo ya que en ambos casos se protege el patrimonio del cónyuge y, por lo tanto, de la familia.  Las capitulaciones matrimoniales debes inscribirlas en el Registro Civil y en el Registro Mercantil para que tengan efectos ante terceros.  
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Marina Pomares 06/07/15 10:45
Ha respondido al tema Documentacion trabajador comunitario
Hola sinue Como empresario puedes solicitar en la Seguridad Social el número de afiliación del trabajador. Necesitarías para ello el DNI del trabajador. Tienes que rellenar el formulario TA1. En la página del Ministerio de Empleo tienes más información. 
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Marina Pomares 16/06/15 17:12
Ha respondido al tema ¿Los suministros de los autónomos que trabajan desde casa deducibles? El TSJ de Madrid dice que sí
Hola bancaddict,  la sentencia se refiere a los suministros de agua, luz, gas, calefacción y teléfono y no pueden deducirse en su totalidad, sino que deberán prorratearse en función del espacio de la vivienda que esté destinado a las labores profesionales. Por ejemplo, si el conjunto de tus facturas ascienden al mes a 400€ y únicamente utilizas para trabajar un despacho de casa que supone 1/7 parte de tu vivienda, podrás deducirte unos 57€. Habrá que ver si se establecen máximos a las deducciones por este concepto porque en caso contrario sería posible que se cometieran fraudes.  
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Marina Pomares 16/06/15 09:34
Ha respondido al tema Emplear Otros Autonomos por Comision
Hola Tudor King,  te explico algunas cuestiones sobre el caso que planteas. En el primer caso que se refiere a emplear a un autónomo por comisión estaríamos hablando de un falso autónomo si presta sus servicios durante el horario fijado por ti y en tus instalaciones. En este hilo "Falsos contratos mercantiles" puedes encontrar explicado más detalladamente el régimen de los falsos autónomos y sus consecuencias.  En segundo lugar, y en mi opinión lo más recomendable, subarrendar parte de la clínica/centro a los otros terapeutas a cambio del pago de una renta. En este caso, los materiales para el desarrollo de la actividad deberán ser de cada profesional y no de tu centro. En cuanto a la renta, creo que la mejor opción sería establecer una parte fija (por la disponibilidad que tiene el terapeuta de usar las instalaciones) y una variable por los servicios que preste (por ejemplo un porcentaje de la facturación mensual del terapeuta). También deberás tener en cuenta que como se dice en el art. 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador tiene derecho a un incremento del 10% del precio del alquiler que estás pagando ahora tú. Este sería otro motivo por el que cobrar también una parte fija de la renta. Si optas por esta opción no sería posible imponerle ningún horario, simplemente puedes fijar en el contrato que se ajusten sus actividades al horario del centro.   
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