A mí si me ha pagado. Y las compañías son muy duras en eso. Es un seguro contratado por mi empresa ampliando los temas de convenio. Es decir, la enfermedad común en convenio no está en mi caso.
Hubo un caso que salió en noticias, que comentamos en el foro, en qué en la resolución no venía coletilla. Pero estaba pendiente de pruebas y eso sí venía en el dictamen propuesta, se hizo reclamación al INSS que perdió por supuesto el INSS. Por ello en mi seguro me pidieron en dictamen propuesta que en mi caso , como suele ser era idéntico a la resolución. Los seguros lo tienen todo muy atado.
Si, aquí ha habido casos en que a la persona no le llegaba la coletilla y a la empresa si. Por lo menos un par de ellos, eso es distinto. En mi seguro en las condiciones de la póliza tenían claro que con esa coletilla había que esperar.
Previsible mejoría... Esa es la coletilla. El artículo 48,2 es el que tienen los seguros para no pagar. Si no tienes esa coletilla, aunque te pongan fecha de revisión de menos de dos años, los seguros pagan. Yo se lo he preguntado ahora mismo expresamente a mi abogado, aunque creo que ya lo pregunté.
Alguien hace poco en este foro, u otro de Rankia, de este tema dijo que no, yo no estoy segura de esto. lo cierto es que cuando no tienes la coletilla, hasta te pagan los seguros, y mira que los seguros son duros en eso.... yo creo que a mi abogado se lo pregunte y me dijo que no. A ver Silvia..... !!!! Mucha suerte. Pero vamos han sido puntuales....