Previsible mejoría... Esa es la coletilla. El artículo 48,2 es el que tienen los seguros para no pagar. Si no tienes esa coletilla, aunque te pongan fecha de revisión de menos de dos años, los seguros pagan. Yo se lo he preguntado ahora mismo expresamente a mi abogado, aunque creo que ya lo pregunté.
Alguien hace poco en este foro, u otro de Rankia, de este tema dijo que no, yo no estoy segura de esto. lo cierto es que cuando no tienes la coletilla, hasta te pagan los seguros, y mira que los seguros son duros en eso.... yo creo que a mi abogado se lo pregunte y me dijo que no. A ver Silvia..... !!!! Mucha suerte. Pero vamos han sido puntuales....
Hola Silvia, espero que tengas suerte, pero en la resolucion te ponian revision por mejoria con reserva de puesto de trabajo? Tenias o tienes trabajo? Te han llamado justo al año?Un saludo