Hola Positivo 33,Exacto. Si sólo has tenido rentas del trabajo en España (y no otras ganancias) no es obligatorio porque la empresa ya te habrá aplicado las retenciones correspondientes. Igualmente, siempre es mejor comprobarlo por si acaso, aunque el resultado de la declaración salga 0. ¡Que tengas un buen día!
¡Hola Positivo 33!Lo cierto es que, si no has residido los 183 días mínimos para ser considerado residente español, no es que estés exento de presentar la declaración. Lo que pasa es que, en vez de presentar la declaración de la renta normal, tienes que presentar el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). Este impuesto tiene sus propios porcentajes (y también sus propias retenciones, que son las que te han tenido que retener tu empresa ya). Y no, no se incluyen las rentas extranjeras 😄Te recomendaría leer este artículo en el que te explicamos todos los impuestos para nuevos residentes en España si tienes alguna duda más.¡Espero haberte sido de ayuda!Un saludo.
¡Hola, @Preocupada2021!Pues, como siempre..., ¡depende! Si estás pagando una derrama por unas obras, pero el anterior propietario se dedujo la totalidad de las obras realizadas, tú no puedes. Si solo se dedujo la parte pagada en las derramas, te puedes seguir aplicando la deducción (pero ya te digo que seguramente se las dedujo él/ella primero 🙄).Espero haberte aclarado la duda,¡Un saludo!
¡Hola, @polromeo
!Lo que preguntas sobre declarar Bitcoin se escucha mucho últimamente. Lo cierto es que no hay un límite mínimo para declarar los ingresos de criptomonedas. Es decir, siempre que hagas una venta, aún ganando menos de 1.000€ (como es tu caso), hay obligación de declararlo. Peeero dependiendo de la cantidad, pagarás más o menos impuestos. Ahora mismo, esto es lo que te tocaría pagar:Por los primeros 6.000€ ganados se paga un 19% de IRPF.De 6.001 a 50.000€ de ganancias se paga un 21%.De 50.001 a 200.000€ ganados se paga un 23%.A partir 200.001€ ganados se paga un 26%.En nuestra web tenemos una calculadora que te estima cuánto tendrás que pagar de IRPF por la venta de criptomonedas. Aquí va 👉 https://taxscouts.es/calculadoras/ganancias-patrimoniales/Espero haberte ayudado.¡Un saludo!