Ok gracias. Y haciéndolo de esa forma yo tendría que pagar algo a hacienda por recibir dinero de ellos que no son parentesco de primer grado? O da igual porque es un préstamo y no una donación ?
Gracias por las respuestas.En caso de ser una donación gratuita, sin contraprestación, cuánto habría que pagar para un piso de 100.000 euros ?He buscado las tablas de la comunidad de Madrid y creo que el ISD serían unos 5000 euros.De estos 5000 pagaría solo el 1% por ser entre cónyuges verdad ?Y por otra parte, cuál sería el objetivo de hacer una donación a los bienes gananciales de la forma que decís? Es decir, generando un crédito en caso de liquidación.
De acuerdo , desglosaré las facturas de alta de los suministros para ponerlos en la casilla correspondiente.
Sobre el tema de la amortización ando liado.
Entonces puedo meter la amortización por depreciación del 3% independientemente de que tenga o no hipoteca ?
Creía que lo que había que deducir era la amortización de hipoteca que se había hecho durante el año, con un con un máximo de ese 3% calculado sobre el porcentaje del valor de construcción de adquisición o valor del catastro.
Entonces se hace igual que si estuviera la casa hipotecada, vamos que es algo independiente totalmente, es una amortización por depreciación.
Si la casa estuviera hipotecada habría que hacer algo más ? O se hace exactamente igual ?
Muchas gracias por la rápida respuesta.
Tengo dudas con el alta de los suministros. Dices que son “ gastos deducibles directos”. Es decir, que no serían amortizables a 4 o 10 años verdad? Y van en una casilla aparte ?
Y los gastos de notaría , registro, etc, creo que no los puedo meter, porque la deducción por amortización del inmueble del 3% no la puedo hacer porque no tengo hipoteca no?