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Mha18 04/02/22 20:30
Ha respondido al tema Aumento de cuota en convenio especial
Valentín, con respecto a esto ¿Alguien conoce las cuotas de retraso a pagar para los años 2019, 2020 y 2021? , échate un vistazo líneas arriba al mensaje #17 en el que indico: 1) Las bases mínimas de cotización del reg. general (grupo 1) para esos años2) La cuota resultante de aplicar esa base   <base * 0,283 * 0,94>3) El atraso que te cobrarán será la diferencia entre la nueva cuota resultante 2) y la que pagaste en su momento (que, en gran parte de los casos, será la correspondiente a la base mínima de autónomos)Por cierto, antes generalicé diciendo que el aumento de tu base de cotización mejorará tu pensión de jubilación, sin embargo ahora puntualizo que, en base a la legislación actual, eso sólo ocurrirá si esas bases están en los 25 años anteriores a tu jubilación.
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Mha18 04/02/22 20:12
Ha respondido al tema Aumento de cuota en convenio especial
 Hola Valentín.- Preguntas: Pagar con carácter retroactivo por una base de cotización mayor ¿Contribuye ello a cobrar una mayor renta de jubilación?-Te respondo: Obviamente! Sólo faltaría que te cobrasen atrasos por una base de cotización superior a la que elegiste y encima no te reajustasen al alza tu cotización (que, claro está, mejora tu renta de jubilación)La cuestión es que te obligan a cotizar por una cantidad que tú no has elegido, sino por la que te obligan, con el agravante de que debido a un error suyo encima no solo te la ajustan a partir del momento en el que se dan cuenta, sino que además te cobran con carácter retroactivo años anteriores, y ya de forma más flagrante, además ni siquiera te avisan o notifican de lo que van a hacer.Puedes descargarte(*) tu "Informe de Bases de Cotización" en el que verás cómo ya te han modificado  las bases de cotización de cada año del que te van a cobrar atrasos. También en el "Informe de Cuotas Ingresadas" han actualizado ya las nuevas bases de cotización, pero aún mantienen las cuotas que has pagado, que aún no han actualizado con los atrasos que van a cobrar.(*) Si tienes DNI o Certificado digital, Clave Permanente, Clave Pin y no sé si tb. vía SMS.Enlaces:1) Informe Bases de Cotización:https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/informes%20y%20certificados/201847/!ut/p/z1/jZBBb4JAEIX_ih44lhnAUumNNI1V4WAM6XYvzUqXZRtgye4q0V_v1p6aKHYOk8zke5P3BigQoB07SMGsVB1r3PxB488oiGdBgkG2wOUrpkW-LpJoEy3CGN7HAEwQ6H_0eKPSu_rVPcAlCHX-kgugPbP1g-wqBeSn65abyXFScm1lJUv2pQyQEIP57MnZomOHL8EuwIhzZ000avf7xbTbRXPnQfOKa679vXbr2trePHvo4TAMvlBKNNwvVevhNUmtjAXyl4QtN9C3BTllb_j92ByyKp2eASnyEns!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/2) Informe de Cuotas Ingresadashttps://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/informes%20y%20certificados/201848/!ut/p/z1/jZBBb4MwDIX_SnfgWGygQ7Abqqp2GxyqCS3NpUppCJmAoCQt2n79svZUaaPzwZKt71nvGSgQoD07S8GsVD1r3byj8T4K4kWQYpCv8XmFWVm8lmm0jdZhDO9TAKYI9D96_KOyu_qXe4BLEOpiWQigA7PNXPa1AvLTdcfN7HNWcW1lLSt2VAZIiEGySJwtOnX4EuwCTDh31kSrDtcvZv0hSpwHzWuuufZP2q0bawfz5KGH4zj6QinRcr9SnYe_SRplLJBbEt64gaEryVe-wY_H9pzX2cM3O7ejQw!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
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Mha18 31/01/22 18:39
Ha respondido al tema Aumento de cuota en convenio especial
Previa cita ya pude pasar por una oficina de la TGSS y me han explicado el atraco a mano armada.(Yo no he recibido notificación alguna por escrito, aunque me han dicho que las están enviando, yo les exigí una y lo más que conseguí fue que me dijeran el artículo en el que se basan).Os puedo confirmar que la SS quiere hacer una buena caja con nosotros, aunque seguro que ya os habéis dado cuenta por la pasta gansa que os han pasado al banco hoy con fecha 31 de enero.Según parece la SS siempre tiene que ganar dentro de lo mínimo (base mínima) lo máximo posible, y para ello echan mano del apartado 5 del artículo 6.2 de la Orden TAS/2865/2003 de 13 de octubre, que indica que puedes suscribir convenio por la base mínima de cotización de autónomos siempre que esta sea superior a la base mínima del grupo en el que hubieras cotizado anteriormente, ya que si esta última fuera superior a la de autónomos sería la que habría que aplicar.En septiembre de 2021, a raíz de la subida del SMI y el consecuente ajuste de las bases mínimas de cotización, se han debido dar cuenta de que esto no se aplicó durante algunos años y, en lugar de decidir hacerlo solo a partir de ese momento, han decidido cobrarlo con carácter retroactivo, esto es, cobrarnos como atrasos los ajustes de las cuotas de los últimos 4 años, que son los que legalmente pueden reclamar, desde el 2018 al 2021.A continuación escribo las base mínimas de interés para el cálculo de las nuevas cuotas a partir de septiembre de 2021, y también para las cuotas de los atrasos que van a pasar (cada uno tendrá que buscar las del grupo que le corresponda):- Base mín Reg. Autónomos 2018:   932,70- Base mín Reg. Gral. Gr1 2018: 1.199,10- Base mín Reg. Autónomos 2019:   944,40 (idem 2020 y 2021)- Base mín Reg. Gral. Gr1 2019: 1.466,40 (idem 2020 y 2021 hasta Agosto)- Base mín Reg. Gral. Gr1 2021 (desde Sept): 1.572,30> Antigua cuota convenio (base mínima Reg.Autónomos) -2018-:   932,70 x 0,283 x 0,94 = 248,11 €> Antigua cuota convenio (base mínima Reg.Autónomos) -2019,2020 y 2021-:   944,40 x 0,283 x 0,94 = 251,23 €> Nueva cuota convenio (base mínima Reg.Gral.Grupo1) -para atrasos 2018- : 1.199,10 x 0,283 x 0,94 = 318,98 €> Nueva cuota convenio (base mínima Reg.Gral.Grupo1) -para atrasos 2019, 2020 y 2021 (hasta Ago)- : 1.466,40 x 0,283 x 0,94 = 390,09 €> Nueva cuota convenio (base mínima Reg.Gral.Grupo1) -para atrasos 2021 (desde Sep)-: 1.572,30 x 0,283 x 0,94 = 418,26 €En relación a las cuotas pasadas a finales de 2021 (datos si cotizaste por el grupo 1 del Reg. Gral) sería:- Octubre 2021: Corresponde a la cuota de septiembre 2021 que no les dió tiempo a regularizar, y se regularizará con el resto de atrasos desde 2018 (cuota de atraso: 418,26-<loCobrado>)- Noviembre 2021: Corresponde a la cuota de octubre 2021 que fue un simulacro de regularización, y en algunos casos fue completa y en otros parcial (cuota del atraso: 418,26-<loCobrado>).- Diciembre 2021: Corresponde a la cuota de noviembre 2021 que ya está regularizada 100%, vamos que será la cuota mensual definitiva que te cobrarán a partir de ahora (cuota 418,26). - En Enero 2022 te habrán cobrado:   1) La cuota de diciembre 2021 (418,26€) que es la definitiva (y debe coincidir con la cobrada en el mes anterior)-   2) Tres o cuatro cuotas más que se corresponderán con los atrasos de las cuotas de un trimestre o cuatrimestre del 2018 (o de los primeros meses tras suscribir tu convenio).        Ejemplo: Cuota atraso por Enero 2018 será de 70,87€ (318,98-248,11)- En Febrero 2022 os cobrarán idem a Enero 2022 (cuota mensual 418,26€ más 3 o 4 meses de atrasos)*** Todos los atrasos pretenden cobrarlos a ser posible durante este 2022.Nota.- Rellené una reclamación por escrito en la propia oficina de la TGSS. Sé que no servirá para mucho, pero es lo menos que podía hacer.
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Mha18 12/06/19 23:38
Ha respondido al tema Concesion nuevo subsidio mayor de 52 años
Hola Javiher. Yo estoy en la misma situación que tú: tenía un Convenio Especial y ahora me han concedido el Subsidio > 52 años. También me he preguntado el sentido de seguir con el Convenio (suscribiendo uno nuevo con motivo del subsidio), ya que según me ha informado el SEPE, la cotización que hace el subsidio sirve tanto: 1) Para aumentar tu base reguladora (de cara al cálculo de tu pensión de jubilación) como 2) Para aumentar los días cotizados (de cara a cubrir los periodos de cotización exigidos para poder acceder a una jubilación anticipada). Sin embargo, sí que creo que al menos temporalmente sigo teniendo un motivo muy importante por el que me interesa mantener el convenio vigente. T Te cuento: en el momento de acabar mi prestación por desempleo justo me quedaban 15 años hasta la edad de jubilación (en mi caso, los 67) y para poder acceder a una pensión, entre otros requisitos, es necesario cumplir el periodo de carencia específico (esto es, tener cotizados al menos, 2 años dentro de los15 años previos a la jubilación). Y esos 2 años al menos he de cotizarlos a través de Convenio (aunque ahora sea con cotización hecha por el subsidio), porque si no es por Convenio, sino sólo por el Subsidio, pueden no servir, tal y como indica este artículo. https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/que-cotizaciones-sirven-para-acreditar-el-periodo-de-carencia-de-acceso-a-la-jubilacion.html Por eso, en mi caso, al menos durante esos 2 años suscribiré de nuevo el convenio por la base mínima (pero con la cotización de 1.312,50 del subsidio) por el cuál creo que se abona 37 €/mes. Por cierto, también me han dicho en Seg.Social/Convenios que si estabas cotizando por un convenio que anteriormente tuvieras, y ahora al actualizarse la cotización del subsidio, se duplican cotizaciones en las mismas fechas, si suscribes un Convenio nuevo (bajo el paraguas del subsidio) tienes derecho a solicitar la devolución de la diferencia entre la cuota que pagabas por el Convenio antiguo (en mi caso, por la base mínima, pagaba unos 250 €/mes) y la cuota del nuevo Convenio (que también sería suscrito por la base mínima, pero ahora ya con el subsidio, que sería una cuota de 37 €/mes). Pues bien podría reclamar la devolución de 250-37 €/mes, sólo vía internet, a través del la web de la Seg. Socia en el enlace "Recaudación / Devolución de Ingresos de regímenes y sistemas especiales"   Por cierto, una pregunta para los que os concedieron el subsidio durante el mes de marzo, ¿me podéis decir si la base de cotización (esos 1.312,50 €) os los prorratearon por los días correspondientes de marzo desde el inicio del subsidio o lo hicieron desde el 1 de abril?  Esto se ve en el Informe de Cotizaciones en la web de la Seg. Social. Lo pregunto porque como ya comenté en este chat se equivocaron en mi fecha de inicio de subsidio (pusieron mediados de abril), y aunque luego han rectificado (y cambiado a mediados de marzo) he visto que las cotizaciones aún no las han rectificado, ya que en marzo no me aparece nada cotizado y quería saber si, aunque tenga que esperar a que se actualice la información tras la rectificación, deben prorratearme los días de marzo, como entiendo en buena lógica. Muchas gracias, y un saludo (y perdonad por todo este rollazo, pero entiendo que pueda ser de interés para alguien)
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