Gran quedada la de ayer en Bodegas Purgatori de la Familia Torres y en la ciudad de Lleida. Espero que lo pasaseis tan bien como yo. Grandes charlas y grandes vinos. Subo algunas fotos
Estamos trabajando en limitar el tema de los referidos. Queremos que quien aporta al foro pueda compartir, pero hay personas que se limitan a hacer spam. Por favor en esos casos reportar a Rankia. Muchas gracias Un cordial saludo
Si tienes depositado menos de 100.000€ por titular no deberías preocuparte. Banco Finantia Spain es un banco español independiente perteneciente al Grupo Banco Finantia de origen portugués. En cualquier caso el FGD de Portugal funciona de la misma manera que el español y garantiza las mismas cantidades de dinero para los clientes de las entidades. Un cordial saludo.
Hola Ayla147, Lamento tu mala experiencia. Yo tuve una parecida en su momento con ING y se pasa muy mal. En mi opinión no es problema de producto sino de servicio y el servicio lo prestan personas. Supongo que no han gestionado bien vuestro caso. ¿Os dan alguna respuesta? Por favor cuentanos como acaba el caso. Un cordial saludo.
Hola Evangelista, Para dar respuesta a esa situación han surgido las cuentas de pago básicas. La definición: la Cuenta de pago básica es una cuenta corriente en euros, no remunerada, que podrá ser contratada por cualquier persona física que resida legalmente en la Unión Europea, sea solicitante de asilo o, aun no teniendo permiso de residencia, no pueda ser expulsada, siempre y cuando no disponga de una cuenta de pago en otra entidad en España. Mira como lo explican en el Santander: https://www.bancosantander.es/es/particulares/cuentas-corrientes/cuenta-basica Un cordial saludo
Hola Ricardomc, ¿Has recibido la tarjeta? Enviamos una consulta a Payboxpay para que nos confirmase la entidad de dinero electrónico con la que están trabajando y no han contestado. Un cordial saludo.
Hola Ricardo, Puedes escribirles un privado a https://www.rankia.com/correo/payboxpay o al mail [email protected] ¿Aún no has recibido la tarjeta? Espero que te den respuesta. Un cordial saludo.
Buenas tardes, Después de los comentarios tanto de los usuarios de Rankia como de la propia empresa hemos consultado con el Banco de España qué requerimientos han de cumplir entidades como Payboxpay (Procesador de pagos virtual según su objeto social: https://www.boe.es/borme/dias/2018/10/17/pdfs/BORME-A-2018-200-29.pdf) para prestar sus servicios en España y estamos a la espera de su contestación. 415208 - PAYBOXPAY SL. Constitución. Comienzo de operaciones: 15.02.18. Objeto social: Actividades de las agencias da cobros y de información comercial. Procesador de pagos virtual tipo (PayPal) y creadores de páginas web (webmaster). Domicilio: AVDA BRISA DEL MAR 4 - CASA 15, CHILCHES COSTA (VELEZ-MALAGA). Capital: 3.000,00 Euros. Declaración de unipersonalidad. Socio único: PEDROZA TORRES JUAN GINES. Nombramientos. Adm. Unico: PEDROZA TORRES JUAN GINES. Datos registrales. T 5770, L 4677, F 17, S 8, H MA147242, I/A 1 ( 8.10.18). Creo que lo lógico es que sea el propio supervisor el que indique si han de estar reguladas y de qué forma y esperamos que nos den su opinión lo antes posible. Quien seguro ha de estar regulado en el banco de España como Entidad de Dinero Electrónico es quién emite la tarjeta. Esta entidad de dinero electrónico regulada puede crear tarjetas marca blanca para terceros, sería este el caso de Payboxpay. Lo que no sabemos en el caso de Payboxpay es quien es su Entidad de Dinero Electrónico. Como la propia empresa participa en el foro seguro que puede aclararlo. Un cordial saludo.
De haber un contrato podrían reclamarte el pago a posteriori, pero parece que no ha habido conformidad en la contratación, no hay contrato y el desistimiento se ha producido antes de la prestación del servicio. No deberías tener problemas al devolver el recibo. Un cordial saludo.