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Participaciones del usuario Miguelfran - Economía

Miguelfran 08/02/23 02:12
Ha respondido al tema He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
Hola, no es como tu dices. Lo de que no se puede superar el 1,5 del IPREM es a la hora de declarlo a Hacienda, que no tiene nada que ver con el cálculo de la cuantía. El IMV es una renta exenta a la hora de hacer la Declaración pero si los ingresos por trabajo (Por trabajo, no sumando a lo cobrado del IMV) superan el 1,5 veces el IPREM de ese año, la demasía tributa a Hacienda, es decir todo ingreso de trabajo anual que supere el 1,5 veces el IPREM.Para la retirada del IMV tus ingresos de trabajo para 2022 no pueden superar, en caso de una persona sola los 5.899,56 anuales. En la Revista de la Seg. Social lo dice claro: Hay que recordar que el IMV es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración.Sí que deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 11.862,90 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM).
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Miguelfran 08/02/23 01:43
Ha respondido al tema He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
Hola yo lo de que no se puede superar el 1,5 del IPREM no lo sabía. A mi me dijeron en la Seguridad Social que los ingresos por trabajo no pueden superar la cuota total anual que te corresponda, es decir para una persona sola en 2022 no puede superar los 5.899,56 € anuales. Si ganas por encima de esa cifra te lo quitan. Pero lo de sumar los rendimientos de trabajo a lo cobrado de IMV y que no supere el 1,5 del IPREM nunca lo había oído.
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Miguelfran 07/02/23 15:32
Ha respondido al tema He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
Si llevas desde noviembre dificil solución tiene porque supongo que la oficina de empleo ya habrá notificado. La Seguridad Social en diciembre de cada año revisa los expedientes de oficio, para comprobar que los perceptores cumplen con las obligaciones. No sellar es causa grave y motivo de extinción, si hubiese pasado solo unos días igual podrían hacer la vista gorda pero con tanto tiempo. De todas formas  ahora, por lo menos en Galicia, puedes sellar hasta por tfno, son todo facilidades. Estando cobrando una paga social la fecha de renovación de la demanda hay que grabarla en la frente. De todas formas yo iría a la oficina y me volvería apuntar sin decir que estás cobrando IMV. Si cuela, cuela igual tienes suerte y no se dan cuenta.
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